Las palabras "niño" y "hijo o hija" muchas veces son intercambiables. Pero en el mundo de las leyes de inmigración de Estados Unidos, la distinción puede ser la diferencia entre permanecer unida con su familia y una separación larga.
Bajo las leyes de inmigración de EE.UU., un hijo o una hija de un ciudadano de EE. UU. (USCs) y residentes permanentes legales (LPRs) bajo la edad de 21 se definen como un "niño" para propósitos de inmigración, y pueden ser incluidas en las peticiones de sus padres. Esta categoría infantil por lo general se traduce en menos tiempo de espera para visas y permite a las familias a permanecer unidas. Sin embargo, cuando un "niño" cumple 21 años, él o ella se convierte a un "hijo o hija" de un ciudadano o residente, bajo la ley. Este cambio de categoría puede resultar en un tiempo de espera mucho más largo, o peor aún, en algunos casos, la disolución de una petición de visa.
En muchos casos, si un niño cumple los 21 años y todavía está esperando una visa, el "niño" ya no puede ser elegible para una visa de inmigrante como dependiente y por lo tanto no puede entrar en los EE.UU. con su familia. Cuando eso ocurre, puede ser que cada miembro de la familia recibe estatus legal para entrar en los EE.UU., excepto el hijo o la hija de 21 años.
Para hacer frente a este problema y proteger a los niños que se acercaban a la edad límite mientras esperaban una visa disponible, el Congreso aprobó la Ley de Protección del Niño Estado ("CSPA") en 2002. Sin embargo, no estaba claro si la ley se aplicaba sólo a los que habían sido solicitados directamente por los padres, o también a los hijos dependientes en otras peticiones de visa, como los abuelos o peticiones de hermanos. Debido a esta ambigüedad, los tribunales han tenido problemas con la forma de administrar la ley. En unas cortes, la interpretación de la CSPA en es muy estrecho mientras en otras es más amplia.
Este problema debe ser resuelto de una vez por todas este año debido a un caso que se ha hecho su camino a la Corte Suprema de los Estados Unidos. Mayorkas v Cuellar de Osorio es una demanda colectiva que involucra a un niño de El Salvador que fue abandonado por su madre y no era elegible para una visa porque él cumplió 21 años de edad mientras su familia estaba esperando siete (7 año) para sus visas familiares para que se disponga.
El no permitir que ese categoría de niños a emigrar con sus familias no sólo separa a las familias, sino que también impide que los miembros de la familia de otra manera elegibles de obtener un estatus legal por nada más que su edad. Muchas veces estas personas solicitan la residencia antes de cumplir 21 años, pero nunca logran la residencia porque las peticiones de la familia pueden tardar años, si no décadas, de procesar debido a los retrasos. No hay nada que pueden hacer mientras pasan los años y desaparecen sus esperanzas de estar con su familia. Se espera que la Corte Suprema de los EE.UU. vaya a concluir que la CSPA de hecho se aplica a los "niños" que han cumplido la mayoría de edad. Y sin duda, ese caso tendrá un enorme impacto en mantener a las familias unidas.
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