|
|
Calle San Francisco 2803
Ponce, Puerto Rico 00732-0779
787-848-0666
787-841- 1435 Fax
|
Bufete Emmanuelli, C.S.P., Celebra 50 a�os de Servicios Jur�dicos de Excelencia
Sirviendo ininterrumpidamente desde el 10 de diciembre de 1965
El 10 de diciembre de 1965, el Lcdo. Rolando Emmanuelli Sep�lveda jurament� como abogado ante el Tribunal Supremo de Puerto Rico. Desde ese momento, comenz� su brillante hoja de servicios profesionales como abogado criminalista y civilista, hasta su retiro el 11 de octubre de 2006.
En el a�o 1987, se le uni� como socio el Lcdo. Rolando Emmanuelli Jim�nez; y en el 1989, el Lcdo. Rafael Emmanuelli Jim�nez. Ambos continuaron el legado de servicios jur�dicos de excelencia de su se�or padre. Recientemente, se incorporaron las Lcdas. Yasm�n Col�n Col�n y Jessica E. M�ndez Colberg para fortalecer los recursos operacionales y ampliar la gama de servicios del Bufete. Durante los pasados 50 a�os de pr�ctica profesional, el Bufete Emmanuelli ha contado con el apoyo incondicional de personal secretarial, paralegal y abogados y abogadas, comprometidos con brindar los mejores servicios jur�dicos. A ellos, nuestro m�s sincero agradecimiento por acompa�arnos en la noble tarea de ayudar al pr�jimo en la necesidad de conocimiento jur�dico y en la resoluci�n de sus disputas judiciales y extrajudiciales. Por �ltimo, es imprescindible recalcar nuestro agradecimiento profundo por el patrocinio de miles de personas y empresas que han depositado su confianza en nuestros servicios en los pasados 50 a�os. Este respaldo constante es la base en que se funda nuestro prop�sito de continuar sirviendo indefinidamente a nuestra comunidad puertorrique�a.
----------------------------------------------------------------
|
Bufete Emmanuelli, C.S.P. Anuncia Incorporaci�n de Socias Capitales y su Nombramiento a Posiciones Gerenciales
Fortalece su estructura corporativa, gerencial y de servicios
Ponce- El Bufete Emmanuelli, C.S.P., anunci� la incorporaci�n de las Lcdas. Yasm�n Col�n Col�n y Jessica E. M�ndez Colberg como accionistas corporativos, y su nombramiento a posiciones en la Junta de Directores y en la gerencia del Bufete ponce�o, que este mes de diciembre cumple 50 a�os de servicios jur�dicos ininterrumpidos a la comunidad puertorrique�a.
La Lcda. Col�n Col�n, quien adem�s es Contadora P�blica Autorizada y cuenta con una maestr�a en contabilidad, asumir� el cargo de Tesorera de la Junta de Directores y Principal Oficial Financiera del Bufete (CFO). Por su parte, la Lcda. M�ndez Colberg, quien cuenta con una Maestr�a en Administraci�n de Recursos Humanos y Comercio General, asumir� los cargos de Secretaria de la Junta de Directores y Principal Oficial de Operaciones (COO).
"La designaci�n de las Lcdas. Col�n Col�n y M�ndez Colberg cumple un triple prop�sito. Por un lado, se reconocen sus dotes acad�micos y profesionales extraordinarios, junto a una hoja impecable de servicios al Bufete por varios a�os; por otro lado, con su excelente preparaci�n y experiencia, fortalecen dram�ticamente la estructura corporativa y gerencial del Bufete; y, por �ltimo, se ampl�a la oferta de servicios especializados en las �reas de derecho laboral, corporativo, contributivo y de reestructuraci�n, con o sin quiebras, de las finanzas personales y de negocios". Expres� el Lcdo, Rolando Emmanuelli Jim�nez, quien continuar� en el cargo de Presidente y Principal Oficial Ejecutivo del Bufete.
Yasm�n Col�n Col�n, CPA, MBA JD
Yasm�n Col�n Col�n es natural del pueblo de Orocovis. En el a�o 2004, obtuvo un grado de bachillerato con concentraci�n en Contabilidad P�blica de la Pontificia Universidad Cat�lica de Puerto Rico, Recinto de Ponce, donde se gradu� Magna Cum Laude, obteniendo el premio del Colegio de Contadores P�blicos Autorizados, Regi�n de Ponce, al promedio m�s alto en su concentraci�n. En 2007, jurament� como Contadora P�blica Autorizada. Prosigui� estudios graduados, obteniendo en el 2008 una Maestr�a en Administraci�n de Empresas con concentraci�n en Contabilidad de la Universidad de Phoenix, con 3.91 de promedio general.
Continu� estudios jur�dicos en la Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Cat�lica de Puerto Rico, donde se gradu� Magna Cum Laude en el 2011. Fue la puntuaci�n m�s alta en la rev�lida de Aspirantes al Ejercicio de la Abogac�a de septiembre 2011, siendo admitida al ejercicio de la Abogac�a y la Notar�a en Puerto Rico. Adem�s, est� admitida a postular ante la Corte Federal para el Distrito de Puerto Rico.
En el a�o 2014, public�, junto al Lcdo. Rolando Emmanuelli, el libro Reestructuraci�n de Negocios para Enfrentar la Crisis: Gu�a B�sica Jur�dica para los Oficiales y Gerentes de la Empresa. Es autora delSumario de Derecho Inmobiliario Registral, el cual se utiliza como repaso para la rev�lida de derecho. Ha publicado art�culos sobre temas jur�dicos en revistas especializadas y peri�dicos, siendo autora del art�culo Responsabilidad del Contador P�blico Autorizado por Impericia Profesional Relacionada a Servicios en Asuntos Contributivos,publicado en la Revista de Derecho Puertorrique�o de la Escuela de Derecho de la Pontificia Universidad Cat�lica de Puerto Rico.
Ha sido profesora en la Universidad Interamericana de Puerto Rico, Recinto de Ponce, en las �reas de Contabilidad y Justicia Criminal. Se desempe�� como asesora legal de las Comisiones de Reglas y Calendario y de Urbanismo e Infraestructura del Senado de Puerto Rico. Su experiencia laboral tambi�n incluye dirigir el departamento de contabilidad en empresas dedicadas a la industria de la construcci�n.
Jessica E. M�ndez Colberg, MBA JD
Natural del Pueblo de A�asco. Curs� estudios conducentes al grado de Bachillerato en Administraci�n de Empresas con concentraci�n en Recursos Humanos y Gerencia Industrial en la Universidad de Puerto Rico, Recinto de Mayag�ez, donde se gradu� Cum Laude. Posteriormente, y de forma simult�nea, obtuvo los grados de Juris Doctor y Maestr�a en Administraci�n de Empresas con concentraci�n en Recursos Humanos y Comercio General de la Pontificia Universidad Cat�lica de Puerto Rico, Recinto de Ponce. En ambas especialidades se gradu� con el m�s alto reconocimiento de honor: Summa Cum Laude. Recibi� el premio del �ndice Acad�mico M�s Alto en toda la clase Graduada de Maestr�a para el a�o acad�mico 2013. Aprob� el examen de rev�lida para Aspirantes al Ejercicio de la Abogac�a con una nota de 97.5%, por lo que fue admitida al ejercicio de la Abogac�a y Notar�a en Puerto Rico. Adem�s, est� admitida a la Corte Federal para el Distrito de Puerto Rico y certificada como Mediadora de Conflictos por el Negociado de M�todos Alternos para la Soluci�n de Conflictos.
Es autora del art�culo Responsabilidad Civil Extracontractual por la Impericia de un M�dico Veterinario: Una analog�a con la responsabilidad por mala pr�ctica en la medicina humana, publicado en la Revista de Derecho Puertorrique�o de la Escuela de Derecho de la Pontificia Universidad Cat�lica de Puerto Rico, de la cual fue miembro y particip� en la Junta de Directores.
Ofrece orientaci�n legal a participantes del Programa de Formaci�n Empresarial para la Mujer del Centro Para Puerto Rico - Fundaci�n Sila M. Calder�n. Adem�s, colabora como conferenciante para estudiantes de Maestr�a en Administraci�n de Empresas de la Pontificia Universidad Cat�lica de Puerto Rico, con varios temas relacionados al Derecho Laboral y los Recursos Humanos. Como parte de su experiencia laboral, realiz� un internado de verano en la Agencia Federal del Departamento de Defensa, Defense Intelligence Agency, en Washington D.C., donde trabaj� en la unidad de Equal Opportunity Employment atendiendo querellas de discrimen en el �mbito laboral. Adem�s ejerci� como Oficial Jur�dico en el Negociado de Asuntos Legales y en la Unidad Anti-discrimen del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos de Puerto Rico. Posteriormente se desempe�� como Oficial Jur�dico de la Juez Administradora de la Regi�n Judicial de Ponce, en el Tribunal de Primera Instancia. Sobre el Bufete Emmanuelli, C.S.P. El Bufete Emmanuelli, C.S.P. es un estudio de abogados y notar�a fundado hace 50 a�os que se dedica al asesoramiento y litigaci�n en las �reas de quiebras individuales y comerciales, desarrollo empresarial local e internacional, marcas y nombres comerciales, redes sociales e inform�tica, derecho civil, comercial, de construcci�n, laboral, corporativo, da�os y perjuicios, contratos, salud e incapacidad bajo el Seguro Social Federal y notar�a. El Bufete Emmanuelli, C.S.P. ofrece soluciones integrales de llave de apertura (turnkey) desde una consulta inicial libre de costo, confidencial y sin compromiso, hasta la entrega del producto o servicio de manera costo efectiva a satisfacci�n del cliente. La estrategia de servicio del Bufete Emmanuelli, C.S.P. es integral, pues cuenta con recursos de excelencia para la planificaci�n y ejecuci�n en la creaci�n, reorganizaci�n o disoluci�n de intereses de negocios, financieros, de propiedad intelectual o personales, hasta las medidas necesarias para protegerse, prevenir problemas o hacer reclamos administrativos o judiciales. El Bufete Emmanuelli, C.S.P. se visualiza como un instrumento para apoyar el desarrollo socioecon�mico de Puerto Rico. Contamos con los m�s avanzados sistemas de inform�tica en la industria, incluyendo tecnolog�a sin papel (paperless) y Web 2.0, para mayor rapidez y eficiencia, en armon�a con nuestro ambiente. Nuestro equipo de profesionales sigue una agenda de trabajo estructurada con protocolos y controles de calidad validados para una ejecuci�n �tica, r�pida y confiable de sus tareas. Tienen el conocimiento, destrezas y experiencia para brindar un servicio de excelencia de forma �gil y efectiva al menor costo posible. En el Bufete Emmanuelli, C.S.P. entendemos que la mayor�a de los conflictos pueden evitarse mediante la planificaci�n y asesoramiento jur�dico oportuno y apropiado. Este asesoramiento hace menos probable el conflicto y resulta en una inversi�n que reduce costos. Como alternativas para la soluci�n de disputas, antes de recurrir al foro judicial, se ofrecen la negociaci�n, la mediaci�n o el arbitraje. Esto resulta en una imagen de buena fe ante el tribunal o foro al que se tenga que recurrir y en ahorros sustanciales en los costos de los servicios. A pesar de que se prefieren los m�todos alternativos de resoluci�n de disputas, en ocasiones es imposible impedir un litigio judicial. Los protocolos de trabajo del Bufete Emmanuelli, C.S.P. estipulan una etapa de preparaci�n y recopilaci�n de informaci�n previa a la presentaci�n del litigio. Esto, con el prop�sito de tener una evaluaci�n certera de los m�ritos del asunto, para poder hacer una presentaci�n del caso mucho m�s clara y convincente, lo que reduce costos, y evita sorpresas en cuanto a los m�ritos del litigio. Nuestras instalaciones cuentan con una excelente localizaci�n, estacionamiento y con todos los recursos para ofrecer un servicio de excelencia. Para informaci�n adicional puede consultar la p�gina: www.bufete-emmanuelli.com o escribir a
|
El monto de la deuda por pr�stamos estudiantiles ha aumentado a niveles sin precedentes. Se estima que la deuda sobrepasa los 1.2 millones de millones (Trillions en ingl�s). El gobierno federal informa que durante la pasada d�cada el n�mero de deudores de pr�stamos estudiantiles que no est�n pagando a tiempo ha aumentado significativamente.
El no pagar los pr�stamos estudiantiles, adem�s de arruinar el cr�dito, puede conducir a constantes e inc�modas gestiones de cobro, embargos de sueldos, seguro social o propiedades sin necesidad de orden judicial, demandas, retenci�n de reintegros de contribuciones, entre otras. Adem�s, con el incumplimiento se pierde elegibilidad para pr�stamos nuevos, se le a�aden cargos por demora, intereses y gastos y honorarios de abogados por el cobro, entre otras medidas y consecuencias. Este incremento en el monto de la deuda puede ocasionar que el pr�stamo sea impagable. La situaci�n se complica cuando se toma en cuenta que como regla general, los pr�stamos estudiantiles no son descargables en una quiebra. Todas estas circunstancias crean una pesada carga econ�mica y emocional que afecta tanto al deudor como a su familia y allegados.
La situaci�n econ�mica de Puerto Rico complica la posici�n de los deudores de pr�stamos estudiantiles, pues en muchos casos no consiguen o pierden sus empleos, lo que les limita la capacidad de pago de estas obligaciones.
El proceso para modificar, consolidar, rehabilitar, condonar, aplazar o prorrogar pr�stamos estudiantiles es t�cnico y complejo lo que hace que muchas personas no puedan manejarlo y pospongan indefinidamente este tr�mite. Esto ocasiona que la deuda incremente y haga m�s dif�cil la gesti�n de repago. Por otro lado, si el deudor del pr�stamo no cuenta con el asesoramiento debido, puede cometer errores que le hagan perder beneficios u oportunidades. En muchas ocasiones estas circunstancias pueden ocasionar que los deudores de pr�stamos estudiantiles no puedan desarrollarse econ�micamente.
Existen varios planes de pago que pueden tener pago fijo, pagos que dependen del ingreso, inter�s fijo o variable, y otros tienen la posibilidad de perd�n de la deuda con el paso del tiempo. No todos los pr�stamos cualifican para estos planes, pero con el tr�mite correspondiente, pueden modificarse para que le apliquen estos beneficios.
El manejo efectivo de los pr�stamos estudiantiles permite que se pueda cumplir con la obligaci�n de pagar tomando en cuenta la capacidad del deudor y sin que se afecte irrazonablemente en los recursos para el sostenimiento de su persona y la familia. Adem�s, evita que se afecte su cr�dito, lo que le permite acceso a financiamiento de residencias, autos o pr�stamos personales o de negocios indispensables para el desarrollo socioecon�mico de las personas.
Existen varias alternativas para la orientaci�n y asesoramiento relacionado con los pr�stamos estudiantiles. Sin embargo, en la mayor�a de estas opciones no se cuenta con el asesoramiento de abogados o abogadas. En muchos casos el consejo legal es la mejor opci�n, ya que en el �mbito de los pr�stamos estudiantiles interact�an varias leyes federales incluyendo la ley de quiebras. En algunas ocasiones, la soluci�n integral al problema puede requerir el solicitar los beneficios de varias leyes, para lo cual los profesionales autorizados son los abogados y abogadas.
El Bufete Emmanuelli, C.S.P. ofrece servicios de asesoramiento y asistencia asequibles econ�micamente para las personas que est�n luchando con el pago de los pr�stamos estudiantiles. Le ayudamos a modificar su pr�stamo para acogerse a un plan de pago que se ajuste a su capacidad econ�mica. Le apoyamos en el proceso de rehabilitar sus pr�stamos una vez se declaran en incumplimiento, son referidos a una agencia de cobro y o se emitieron ordenes de embargo. Le ayudamos en la consolidaci�n de los pr�stamos bajo las condiciones m�s beneficiosas posibles. Le orientamos sobre las alternativas de perd�n o descargas de deudas y las pr�rrogas y aplazamientos por sus circunstancias personales o sus ingresos.
###
|

El Bufete Emmanuelli, C.S.P.
Provee servicios de asesoramiento multidisciplinario para la reorganizaci�n de las operaciones de empresas negociando con sus acreedores o mediante la quiebra bajo el Cap�tulo 11
Estimados clientes y amigos(as):
En el Bufete Emmanuelli, C.S.P., le ayudamos a reestructurar su empresa hacia el �xito negociando con sus acreedores o mediante la Quiebra bajo el Cap�tulo 11
Mediante la Reorganizaci�n de su Negocio bajo el Cap�tulo 11 de la Ley de Quiebras Federal usted puede:
--------------------------- Recobrar la Viabilidad del Negocio
Controlar los Costos
Eliminar Deudas
Maximizar los Ingresos
Liberarse de Contratos Onerosos
Llevar a cabo Reorganizaciones Laborales
Eliminar las Llamadas de Cobro
Paralizar las Demandas, Embargos y Ejecuciones judiciales*
---------------------------
Para una cita en nuestras oficinas llame al 787-848-0666
Consulta Inicial Gratis Confidencialidad
Puede escribir a:
cap11@bufete-emmanuelli.com
Para m�s informaci�n visite las p�ginas:
www.bufete-emmanuelli.com
quiebracapitulo11.blogspot.com
Cordialmente,
Rolando Emmanuelli Jim�nez Presidente USDC-PR No. 214105 RUA 8509
Bufete Emmanuelli, C.S.P. Urbanizaci�n Constancia Calle San Francisco 2803 Ponce, Puerto Rico
787-848-0666; 787-841-1435, Fax
Agencia de Alivio de Deudas bajo el C�digo de Quiebras Federal
*Sujeto al cumplimiento de requisitos de Ley y conforme a las circunstancias particulares de su caso.
|
|
LA PERSONA Y LA CAPACIDAD JURIDICA DE OBRAR
Rolando Emmanuelli Jim�nez, J.D., LL.M.
 Nuestro sistema de Derecho establece c�mo las personas han de conducirse a trav�s de la vida cotidiana, ya que existen disposiciones que proh�ben cierta conducta, conceden derechos y a su vez imponen unas obligaciones como parte del objetivo de alcanzar el bienestar social general. No siempre las personas tienen la capacidad de conducirse de acuerdo con lo que dispone el ordenamiento jur�dico o las normas de convivencia social. En muchas ocasiones se desconoce cu�l es el curso de conducta a seguir para ayudar tanto a la familia como a la persona que padece el problema. �Qu� hacer en una situaci�n en que conocemos a una persona incapaz de regir su persona y sus bienes? �Ad�nde debemos recurrir? En t�rminos jur�dicos, se distinguen dos categor�as de personas: 1) las personas naturales (seres humanos), y 2) las personas jur�dicas (criaturas de ley), es decir, entidades a quienes el Estado reconoce una personalidad independiente a la de las personas que las componen como lo son las corporaciones y las sociedades. En Puerto Rico se ha adoptado que el nacimiento determina el momento a partir del cual existimos. Es decir, el nacimiento determina la personalidad y se considera nacido al ser humano que vive completamente desprendido del seno materno. Es menester aclarar, que se considera que un feto no es persona sino hasta que nace. Es por eso que en el balance de intereses el Tribunal Supremo Federal y el de Puerto Rico han determinado que bajo ciertas circunstancias, el derecho a la intimidad de una mujer embarazada que protege su decisi�n de procurar un aborto, va por encima de la vida del feto. Por otro lado, a trav�s del C�digo Civil se salvaguardan ciertos intereses del concebido pero no nacido como por ejemplo: se le permite al concebido recibir donaciones, se reconoce legitimidad a los hijos nacidos durante los trescientos d�as siguientes a la disoluci�n de un matrimonio, etc. Como regla general, en nuestro ordenamiento jur�dico se presume la capacidad de las personas para obrar. Incapacidad para obrar se refiere a que la persona no tiene aptitud legal para ejercitar ciertos derechos por s�, como por ejemplo, participar en la celebraci�n de ciertos negocios jur�dicos como contratar o comparecer al tribunal. En estos casos la persona puede comparecer, pero lo hace por conducto de la figura de la patria potestad, en caso de ser una persona menor de edad con al menos el padre o madre vivos; por conducto de la Tutela en caso de haber sido declarados incapacitados judicialmente; o mediante un defensor judicial, para casos en que el Tribunal determine que hay que nombrar a un abogado o abogada que represente a la persona menor de edad para protegerla de cualquier conflicto de intereses con sus progenitores o con la persona que tiene su tutela. Existen circunstancias en que la Ley espec�ficamente dispone las personas que carecen de capacidad para obrar. Por ejemplo: Los menores de edad que no han sido emancipados. Contrario a lo que piensa mucha gente, la mayor�a de edad en Puerto Rico se alcanza a los 21 a�os y no a los 18 a�os; a los 18 a�os se puede ejercer el derecho al voto, ir al ej�rcito y ser culpable de delito, pero no se adviene a la mayoridad. Otras personas que pueden declararse incapacitados mediante sentencia judicial son: a) las personas que habitualmente utilizan drogas, o los que la sociedad denomina narc�manos; b) las personas con problemas de salud mental, o los que el ordenamiento denomina locos o dementes; c) las personas que se embriagan continuamente, conocidos como alcoh�licos; d) los sordomudos que no tienen forma de comunicarse porque no saben leer o escribir y, e) las personas que tienen una tendencia de gastar excesivamente el dinero, a los que el ordenamiento denomina pr�digos. Adem�s de la enumeraci�n que hace la Ley, hay otras personas que como consecuencia de un accidente, enfermedad o del transcurso del tiempo, comienzan a perder la capacidad mental. Cuando tenemos un familiar o alg�n conocido que est� atravesando por este tipo de situaci�n, una de las alternativas disponibles para su familia es declararlo judicialmente incapaz para regir su persona y sus bienes. El efecto de la declaraci�n de incapacidad es que el Tribunal faculta a ciertas personas capaces que se denominan personas tutoras, para que defiendan, cuiden de los intereses de los incapaces y rindan cuentas detalladas de su gesti�n. �Qui�nes pueden solicitar la declaraci�n de incapacidad? La Ley dispone que si se trata de incapaces mentalmente y de sordomudos que no saben leer o escribir esta declaraci�n puede solicitarla el c�nyuge y los parientes del presunto incapaz que tengan derecho a sucederle cuando la persona muere sin testamento. Cabe se�alar que el Ministerio P�blico deber� pedirla en el caso de dementes, cuando no exista c�nyuge o parientes del presunto incapaz o cuando el c�nyuge y los herederos del presunto incapaz sean menores o carezcan de la capacidad necesaria para comparecer en juicio. Para que una persona sea declarada incapaz se debe radicar una solicitud ante el tribunal. El tribunal escuchar� el dictamen de uno o varios facultativos m�dicos y recibir� las dem�s pruebas que considere necesarias. Esta declaraci�n de incapacidad deber� establecerse sumariamente y mediante comparecencia verbal ante el Tribunal de Primera Instancia de las personas interesadas y del Ministerio P�blico. La declaraci�n de prodigalidad o embriaguez habitual s�lo la puede solicitar el c�nyuge y los herederos forzosos del pr�digo o ebrio, y por excepci�n el Ministerio P�blico, por s� o a instancia de alg�n pariente de aquellos, cuando sean menores o incapacitados. Esta declaraci�n debe hacerse mediante demanda ordinaria tramitada por el procedimiento del juicio oral y p�blico. La sentencia determinar� los actos que quedan prohibidos al incapacitado y las facultades que tenga que ejercer la persona tutora en su nombre. El tribunal adoptar� provisionalmente las medidas necesarias para la seguridad de los bienes, mientras se dicte la sentencia. Una vez se haya declarado la persona incapacitada judicialmente, se procede al nombramiento de la persona que servir� como tutor o tutora. Una vez nombrada, tiene que cumplir con una de las obligaciones anteriores al ejercicio del cargo que es hacer inventario de todos los bienes, dentro del t�rmino que se�ale el tribunal. Los que no hagan el inventario dentro de ese t�rmino, o quien no lo haga con fidelidad, ser� destituido. La Ley tambi�n dispone que la persona no entrar� en el desempe�o de sus funciones de tutela sin que haya prestado fianza y su nombramiento haya sido inscrito en el Registro de Tutelas. La fianza es para responder por la p�rdida intencional o negligente de los bienes del incapaz. Bajo ciertas circunstancias, puede eximirse al tutor o tutora de la prestaci�n de fianza. Anualmente le tutor o tutora rendir� ante el tribunal un informe sobre la administraci�n de las cuentas del incapaz. El informe debe demostrar que usaron los recursos del caudal para beneficio del incapaz. El tribunal debe dictar las �rdenes que correspondan en derecho para mejorar la administraci�n de los bienes. El tutor o tutora no puede hacer actos de disposici�n o enajenaci�n de los bienes del incapaz sin la autorizaci�n previa del tribunal. En caso de mal manejo del caudal del incapaz por parte del tutor o tutora, el tribunal puede proceder a la destituci�n y referir el asunto a las autoridades para procesamiento criminal.
###
|

Bufete Emmanuelli, C.S.P.
Asesoramiento, Litigaci�n, Quiebras y Seguro Social Federal
El Bufete Emmanuelli, C.S.P. es un estudio de abogados y notar�a fundado hace 50 a�os que se dedica al asesoramiento y litigaci�n en las �reas de quiebras individuales y comerciales, desarrollo empresarial local e internacional, marcas y nombres comerciales, redes sociales e inform�tica, derecho civil, comercial, de construcci�n, laboral, corporativo, da�os y perjuicios, contratos, salud e incapacidad bajo el Seguro Social Federal y notar�a.
El Bufete Emmanuelli, C.S.P. ofrece soluciones integrales de llave de apertura (turnkey) desde una consulta inicial libre de costo, confidencial y sin compromiso, hasta la entrega del producto o servicio de manera costo efectiva a satisfacci�n del cliente. La estrategia de servicio del Bufete Emmanuelli, C.S.P. es integral, pues cuenta con recursos de excelencia para la planificaci�n y ejecuci�n en la creaci�n, reorganizaci�n o disoluci�n de intereses de negocios, financieros, de propiedad intelectual o personales, hasta las medidas necesarias para protegerse, prevenir problemas o hacer reclamos administrativos o judiciales. El Bufete Emmanuelli, C.S.P. se visualiza como un instrumento para apoyar el desarrollo socioecon�mico de Puerto Rico.
Contamos con los m�s avanzados sistemas de inform�tica en la industria, incluyendo tecnolog�a sin papel (paperless) y Web 2.0, para mayor rapidez y eficiencia, en armon�a con nuestro ambiente. Nuestro equipo de profesionales sigue una agenda de trabajo estructurada con protocolos y controles de calidad validados para una ejecuci�n �tica, r�pida y confiable de sus tareas. Tienen el conocimiento, destrezas y experiencia para brindar un servicio de excelencia de forma �gil y efectiva al menor costo posible.
En el Bufete Emmanuelli, C.S.P. entendemos que la mayor�a de los conflictos pueden evitarse mediante la planificaci�n y asesoramiento jur�dico oportuno y apropiado. Este asesoramiento hace menos probable el conflicto y resulta en una inversi�n que reduce costos.Como alternativas para la soluci�n de disputas, antes de recurrir al foro judicial, se ofrecen la negociaci�n, la mediaci�n o el arbitraje. Esto resulta en una imagen de buena fe ante el tribunal o foro al que se tenga que recurrir y en ahorros sustanciales en los costos de los servicios.
A pesar de que se prefieren los m�todos alternativos de resoluci�n de disputas, en ocasiones es imposible impedir un litigio judicial. Los protocolos de trabajo del Bufete Emmanuelli, C.S.P. estipulan una etapa de preparaci�n y recopilaci�n de informaci�n previa a la presentaci�n del litigio. Esto, con el prop�sito de tener una evaluaci�n certera de los m�ritos del asunto, para poder hacer una presentaci�n del caso mucho m�s clara y convincente, lo que reduce costos, y evita sorpresas en cuanto a los m�ritos del litigio.
|
Publican Libro sobre reestructuraci�n de negocios para enfrentar la crisis
La obra es una gu�a b�sica jur�dica para los oficiales y gerentes de empresas

Ponce - Reestructuraci�n de los Negocios para Enfrentar la Crisis es el t�tulo del nuevo libro electr�nico (e-book) publicado por la firma de abogados y notarios de Ponce, Bufete Emmanuelli, C.S.P. y su editorial Del Derecho y del Rev�s, que expone de forma clara las medidas generales y espec�ficas que pueden tomar las empresa para lidiar con la crisis econ�mica. As� lo inform� el licenciado Rolando Emmanuelli Jim�nez, presidente de Bufete Emmanuelli.
"El texto es una gu�a b�sica jur�dica para oficiales y gerentes de empresas que presenta recomendaciones generales para actuar en la reestructuraci�n de los negocios o para entender los procesos que se tengan que llevar a cabo con el auxilio de otros profesionales o expertos", explic�Emmanuelli-Jim�nez.
La obra, de la autor�a del Lcdo. Rolando Emmanuelli Jim�nez y de la CPA y abogada Yasm�n Col�n Col�n, discute adem�s las posibilidades de reorganizaci�n sin quiebra y enfatiza particularmente el proceso de quiebra bajo el Cap�tulo 11 del C�digo de Quiebras Federal. La publicaci�n es la primera de una serie dirigida a abogados y personas legas que lleva el nombre de Compendios de Derecho Puertorrique�o.
El texto est� redactado en lenguaje sencillo para su cabal comprensi�n tanto por individuos que manejen negocios personales, como por ejecutivos y directores de empresas medianas y grandes. El libro puede obtenerse en el portal de Amazon.com, edici�n para Kindle y en la tienda de Ibooks de Apple, edici�n para Ipad.
El libro puede obtenerse en estos enlaces:
Amazon.com
Ibooks Store
Bufete Emmanuelli, C.S.P. es un estudio de abogados y notar�a que ofrece servicios de asesoramiento multidisciplinario para la reorganizaci�n de las operaciones de empresas o negocios personales que cualifiquen, negociando con sus acreedores o mediante la quiebra bajo el Cap�tulo 11 de la Ley Federal.
|
Publican libro:
Abec� del Derecho Puertorrique�o
Lo que necesita saber sobre las leyes principales de Puerto Rico
Ponce - La firma de abogados y notarios de Ponce, Bufete Emmanuelli, C.S.P. y su editorial Del Derecho y del Rev�s public� su nuevo libro electr�nico (e-book) titulado Abec� del Derecho Puertorrique�o, un texto que aborda de forma sencilla las leyes principales de Puerto Rico. As� lo inform� el Lcdo. Rolando Emmanuelli Jim�nez, presidente de Bufete Emmanuelli y editor de la obra.
"En esta publicaci�n explicamos de forma pr�ctica las principales leyes que tienen impacto diario en la vida de los puertorrique�os. Adem�s, exponemos y analizamos los elementos fundamentales de nuestro sistema de gobierno y las posibles soluciones a los principales problemas que enfrentamos en el pa�s", explic� Emmanuelli Jim�nez.
El texto, dirigido a la persona lega, contiene 85 temas jur�dicos que tienen gran utilidad para iniciar a los estudiantes de bachillerato que aspiren a estudiar derecho. Tambi�n, provee a los estudiantes de derecho una visi�n panor�mica de las materias que enfrentar�n en sus estudios de derecho.
La obra describe el sistema de resoluci�n de disputas y la figura de los profesionales del derecho en sus diferentes funciones, as� como la relaci�n profesional y �tica con las personas a quienes sirven. Adem�s, examina las situaciones de conflicto m�s comunes que cada ciudadano podr�a involucrarse como los asuntos de familia, contratos, da�os y perjuicios, herencia, el proceso civil, penal y los tr�mites apelativos.
"El texto incluye consejos pr�cticos para enfrentar las diferentes situaciones jur�dicas y los se�alamientos cr�ticos sobre c�mo deben modificarse las leyes para lograr soluciones m�s justas, r�pidas y econ�micas. En este trabajo ofrecemos a los ciudadanos herramientas para que puedan enfrentar las complejidades de la sociedad moderna y evitar el conflicto innecesario.", revel� Emmanuelli Jim�nez.
El libro puede obtenerse en el portal de Amazon.com, edici�n para Kindle y en la tienda de Ibooks de Apple, edici�n para Ipad.
|
Se publica 4ta edici�n del Prontuario de Derecho Probatorio Puertorrique�o
El texto actualiza la explicaci�n y el an�lisis de las Reglas de Evidencia
Por Rolando Emmanuelli Jim�nez, J.D., LL.M.
Ponce - Ya est� disponible la cuarta edici�n del Prontuario de Derecho Probatorio Puertorrique�o que presenta la informaci�n y la doctrina sobre las Reglas de Evidencia de Puerto Rico. As� lo dio a conocer el Lcdo. Rolando Emmanuelli Jim�nez, autor de la publicaci�n que discute en detalle las Reglas de Evidencia de 2010, las cuales determinan lo que ocurre durante el juicio en los tribunales en Puerto Rico.
La primera edici�n del Prontuario fue publicada en el a�o 1994 y fue premiada como Obra Jur�dica del A�o de 1995 por el Colegio de Abogados de Puerto Rico. La segunda edici�n se public� en el a�o 2005 e incluy� las enmiendas a las Reglas de Evidencia realizadas hasta el a�o 2004. La tercera edici�n del a�o 2010, incluy� las nuevas Reglas de Evidencia que est�n vigentes al presente. En esta cuarta edici�n de 2015, se actualiza el texto con la jurisprudencia de los pasados cinco a�os y se a�aden comentarios y an�lisis sobre la experiencia de la aplicaci�n de las nuevas Reglas en sus primeros cinco a�os de vigencia.
El Prontuario de Derecho Probatorio Puertorrique�o se utiliza como libro de texto en las facultades de derecho y en las universidades que ofrecen cursos pre-jur�dicos y de ciencias forenses en Puerto Rico. Ha sido citado, adem�s, como autoridad en numerosas ocasiones en las Sentencias y Opiniones de los Tribunales de Primera Instancia, el Tribunal de Apelaciones y el Tribunal Supremo de Puerto Rico.
La tercera edici�n cuenta con 660 p�ginas y contiene toda la informaci�n necesaria para entender el Derecho Probatorio en Puerto Rico, particularmente el emergente con las nuevas Reglas de Evidencia de 2010.
El libro comienza con una introducci�n sobre el proceso de redacci�n y aprobaci�n de las nuevas Reglas de 2010, continuando con una definici�n de los conceptos, junto a una relaci�n sobre el proceso judicial y la pr�ctica forense hasta el momento del juicio. Sigue con una breve historia del Derecho Probatorio, y las fuentes y fundamentos principales de esta materia en Puerto Rico. Expone las nuevas Reglas, siguiendo el formato del Informe del Comit� Asesor Permanente de Reglas de Evidencia del Tribunal Supremo en cuanto a la procedencia de cada regla, estableciendo, adem�s, las diferencias con las originales del 1979. Finalmente, aborda los aspectos doctrinales y jurisprudenciales fundamentales y las cr�ticas correspondientes para propiciar mejoras futuras.
El libro puede adquirirse en Biblio Services en San Juan (nuevo local) 399 Ave. Mu�oz Rivera (Marginal esquina Eleonor Roosevelt) y en Paseo del Sur Mall en Ponce. Para m�s informaci�n puede comunicarse al (787) 753-1231 � al (787) 290-0077.
###
Rolando Emmanuelli Jim�nez es abogado notario, Presidente del Bufete Emmanuelli, C.S.P. Para mayor informaci�n vea: http://www.bufete-emmanuelli.com
###
|
Otras Publicaciones del Lcdo. Rolando Emmanuelli Jim�nez, J.D. LL.M.
Basada en su obra Prontuario de Derecho Probatorio Puertorrique�a, esta edici�n contiene una explicaci�n suscinta y menos t�cnica de las reglas evidenciarias de Puerto Rico.
|
|
|
|
|
|
|

Rolando Emmanuelli Jim�nez, J.D., LL.M. Bufete Emmanuelli, C.S.P. www.bufete-emmanuelli.com Urb. Constancia Calle San Francisco 2803 Ponce, Puerto Rico 00732-0779 787-848-0666 787-841- 1435 Fax
La informaci�n de este bolet�n se ofrece con fines informativos por lo que no debe considerarse como una consulta jur�dica ni puede sustituir el asesoramiento del abogado o abogada de su preferencia.
. | |
|
|
|
|
|