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Prontuario 4ta ed.  

Se publica 4ta edici�n del Prontuario de Derecho Probatorio Puertorrique�o

 

El texto actualiza la explicaci�n y el an�lisis de las Reglas de Evidencia

 

 

Por Rolando Emmanuelli Jim�nez, J.D., LL.M.

 

 

Ponce - Ya est� disponible la cuarta edici�n del Prontuario de Derecho Probatorio Puertorrique�o que presenta la informaci�n y la doctrina sobre las Reglas de Evidencia de Puerto Rico. As� lo dio a conocer el Lcdo. Rolando Emmanuelli Jim�nez, autor de la publicaci�n que discute en detalle las Reglas de Evidencia de 2010, las cuales determinan lo que ocurre durante el juicio en los tribunales en Puerto Rico.

 

La primera edici�n del Prontuario fue publicada en el a�o 1994 y fue premiada como Obra Jur�dica del A�o de 1995 por el Colegio de Abogados de Puerto Rico. La segunda edici�n se public� en el a�o 2005 e incluy� las enmiendas a las Reglas de Evidencia realizadas hasta el a�o 2004. La tercera edici�n del a�o 2010, incluy� las nuevas Reglas de Evidencia que est�n vigentes al presente. En esta cuarta edici�n de 2015, se actualiza el texto con la jurisprudencia de los pasados cinco a�os y se a�aden comentarios y an�lisis sobre la experiencia de la aplicaci�n de las nuevas Reglas en sus primeros cinco a�os de vigencia.

 

El Prontuario de Derecho Probatorio Puertorrique�o se utiliza como libro de texto en las facultades de derecho y en las universidades que ofrecen cursos pre-jur�dicos y de ciencias forenses en Puerto Rico. Ha sido citado, adem�s, como autoridad en numerosas ocasiones en las Sentencias y Opiniones de los Tribunales de Primera Instancia, el Tribunal de Apelaciones y el Tribunal Supremo de Puerto Rico.

 

La tercera edici�n cuenta con 660 p�ginas y contiene toda la informaci�n necesaria para entender el Derecho Probatorio en Puerto Rico, particularmente el emergente con las nuevas Reglas de Evidencia de 2010.  

 

El libro comienza con una introducci�n sobre el proceso de redacci�n y aprobaci�n de las nuevas Reglas de 2010, continuando con una definici�n de los conceptos, junto a una relaci�n sobre el proceso judicial y la pr�ctica forense hasta el momento del juicio.  Sigue con una breve historia del Derecho Probatorio, y las fuentes y fundamentos principales de esta materia en Puerto Rico. Expone las nuevas Reglas, siguiendo el formato del Informe del Comit� Asesor Permanente de Reglas de Evidencia del Tribunal Supremo en cuanto a la procedencia de cada regla, estableciendo, adem�s, las diferencias con las originales del 1979.  Finalmente, aborda los aspectos doctrinales y jurisprudenciales fundamentales y las cr�ticas correspondientes para propiciar mejoras futuras.   

 

El libro puede adquirirse en Biblio Services en San Juan (nuevo local) 399 Ave. Mu�oz Rivera (Marginal esquina Eleonor Roosevelt) y en Paseo del Sur Mall en Ponce. Para m�s informaci�n puede comunicarse al (787) 753-1231 � al (787) 290-0077. 

 

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Rolando Emmanuelli Jim�nez es abogado notario, Presidente del Bufete Emmanuelli, C.S.P. Para mayor informaci�n vea: http://www.bufete-emmanuelli.com 


 

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Publican libro: 
Abec� del Derecho Puertorrique�o

Lo que necesita saber sobre las leyes principales de Puerto Rico




Ponce - La firma de abogados y notarios de Ponce, Bufete Emmanuelli, C.S.P. y su editorial Del Derecho y del Rev�s public� su nuevo libro electr�nico (e-book) titulado Abec� del Derecho Puertorrique�o, un texto que aborda de forma sencilla las leyes principales de Puerto Rico. As� lo inform� el Lcdo. Rolando Emmanuelli Jim�nez, presidente de Bufete Emmanuelli y editor de la obra. 

"En esta publicaci�n explicamos de forma pr�ctica las principales leyes que tienen impacto diario en la vida de los puertorrique�os. Adem�s, exponemos y analizamos los elementos fundamentales de nuestro sistema de gobierno y las posibles soluciones a los principales problemas que enfrentamos en el pa�s", explic� Emmanuelli Jim�nez.

El texto, dirigido a la persona lega, contiene 85 temas jur�dicos que tienen gran utilidad para iniciar a los estudiantes de bachillerato que aspiren a estudiar derecho. Tambi�n, provee a los estudiantes de derecho una visi�n panor�mica de las materias que enfrentar�n en sus estudios de derecho. 

La obra describe el sistema de resoluci�n de disputas y la figura de los profesionales del derecho en sus diferentes funciones, as� como la relaci�n profesional y �tica con las personas a quienes sirven. Adem�s, examina las situaciones de conflicto m�s comunes que cada ciudadano podr�a involucrarse como los asuntos de familia, contratos, da�os y perjuicios, herencia, el proceso civil, penal y los tr�mites apelativos. 

"El texto incluye consejos pr�cticos para enfrentar las diferentes situaciones jur�dicas y los se�alamientos cr�ticos sobre c�mo deben modificarse las leyes para lograr soluciones m�s justas, r�pidas y econ�micas. En este trabajo ofrecemos a los ciudadanos herramientas para que puedan enfrentar las complejidades de la sociedad moderna y evitar el conflicto innecesario.", revel� Emmanuelli Jim�nez.

El libro puede obtenerse en el portal de Amazon.com, edici�n para Kindle y en la tienda de Ibooks de Apple, edici�n para Ipad.

 
Publican Libro sobre reestructuraci�n de negocios para enfrentar la crisis

La obra es una gu�a b�sica jur�dica para los oficiales y gerentes de empresas

Ponce -  Reestructuraci�n de los Negocios para Enfrentar la Crisis es el t�tulo del nuevo libro electr�nico (e-book) publicado por la firma de abogados y notarios de Ponce, Bufete Emmanuelli, C.S.P. y su editorial Del Derecho y del Rev�s, que expone de forma clara las medidas generales y espec�ficas que pueden tomar las empresa para lidiar con la crisis econ�mica. As� lo inform� el licenciado Rolando Emmanuelli Jim�nez, presidente de Bufete Emmanuelli.

 

"El texto es una gu�a b�sica jur�dica para oficiales y gerentes de empresas que presenta recomendaciones generales para actuar en la reestructuraci�n de los negocios o para entender los procesos que se tengan que llevar a cabo con el auxilio de otros profesionales o expertos", explic�Emmanuelli-Jim�nez. 

 

La obra, de la autor�a del Lcdo. Rolando Emmanuelli Jim�nez y de la CPA y abogada Yasm�n Col�n Col�n, discute adem�s las posibilidades de reorganizaci�n sin quiebra y enfatiza particularmente el proceso de quiebra bajo el Cap�tulo 11 del C�digo de Quiebras Federal. La publicaci�n es la primera de una serie dirigida a abogados y personas legas que lleva el nombre de Compendios de Derecho Puertorrique�o.

 

El texto est� redactado en lenguaje sencillo para su cabal comprensi�n tanto por individuos que manejen negocios personales, como por ejecutivos y directores de empresas medianas y grandes.  El libro puede obtenerse en el portal de Amazon.com, edici�n para Kindle y en la tienda de Ibooks de Apple, edici�n para Ipad.

 

El libro puede obtenerse en estos enlaces:

 

Amazon.com

 

Ibooks Store

 

Bufete Emmanuelli, C.S.P. es un estudio de abogados y notar�a que ofrece servicios de asesoramiento multidisciplinario para la reorganizaci�n de las operaciones de empresas o negocios personales que cualifiquen, negociando con sus acreedores o mediante la quiebra bajo el Cap�tulo 11 de la Ley Federal.

 
Otras Publicaciones del Lcdo. Rolando Emmanuelli Jim�nez, J.D. LL.M.

Prontuario 4ta ed.  
Desde su origen, el Prontuario  se ha utilizado como libro de texto en las facultades de derecho y en las universidades que ofrecen cursos pre-jur�dicos y de ciencias forenses. Adem�s, ha sido citado como autoridad en numerosas ocasiones en las Sentencias y Opiniones de los Tribunales de Primera Instancia, el Tribunal de Apelaciones y el Tribunal Supremo de Puerto Rico. 

En la cuarta edici�n de 2015 del Prontuario, el prop�sito contin�a inalterado, pues constituye una fuente �gil de estudio y consulta para los estudiantes y los profesionales del derecho, pero ahora dentro del contexto actualizado al 2015, luego de cinco a�os de vigencia de las Reglas de Evidencia de 2010.

Compendio de Derecho Probatorio Puertorrique�o
 

Basada en su obra Prontuario de Derecho Probatorio Puertorrique�a, esta edici�n contiene una explicaci�n suscinta y menos t�cnica de las reglas evidenciarias de Puerto Rico.


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RECURSOS EXTRAORDINARIOS


Por Rolando Emmanuelli Jim�nez, J.D., LL.M.


Los recursos extraordinarios son los mecanismos utilizados para solicitar el auxilio del tribunal en situaciones en las que no se amerita o no conviene entrar en las formalidades y complejidades que conlleva la litigaci�n de un pleito ordinario. A tales efectos, son procedimientos que el tribunal debe resolver r�pidamente. A continuaci�n se discuten los m�s importantes.
 
Interdictos o Injunctions
Estos recursos son los m�s comunes y se pueden solicitar con diferentes prop�sitos dependiendo de la situaci�n particular que se trate. Por ejemplo, podemos obtener un mandamiento judicial, ordenando que una persona se abstenga de hacer o deje hacer a otra, determinada cosa. Se puede solicitar tambi�n para evitar la continuaci�n de una conducta que ponga en peligro inminente o est� causando da�os irreparables a la persona que lo solicita. Tambi�n se puede solicitar accesoriamente dentro de otro pleito principal. Por �ltimo, se puede solicitar cuando la compensaci�n en dinero no sea el remedio adecuado para aminorar o evitar el da�o que est� sufriendo quien lo solicita. 
 
Sin embargo, hay dos situaciones en que est� prohibido expedir interdictos y �stas son las siguientes: a) para suspender procedimientos judiciales, a menos que se estuviera privando a alguien de sus derechos bajo la Constituci�n de Estados Unidos o de Puerto Rico; b) para impedir la aplicaci�n u observancia de las leyes, a menos que ya se hubiera determinado que dicha ley era inconstitucional o inv�lida. 
 
Existen tres modalidades de interdictos: el permanente, el preliminar y el entredicho provisional. En el interdicto permanente, se insta un pleito a los efectos de que un demandado desista de realizar actos que causen da�os irreparables a otra persona. En esta modalidad de interdicto es menester demostrarle al tribunal que si no se concede ese remedio inmediato, los da�os van a ser irreparables e inminentes, ya que si el Tribunal entiende que hay posibilidad de que se pueda obtener un remedio por la v�a ordinaria, no debe conceder el interdicto.
 
El interdicto preliminar es el remedio provisional que se emite dentro de cualquier otro pleito, despu�s de celebrarse vista en que las partes han mostrado su posici�n sobre la necesidad de dictar una orden prohibiendo una actividad o una conducta. Por ejemplo, en una acci�n en que se cuestione la titularidad de un bien inmueble, el tribunal puede determinar qui�n mantendr� la posesi�n del bien en lo que se dilucida finalmente a qui�n le corresponde la titularidad. Los criterios que el Tribunal considera para conceder el interdicto preliminar son los siguientes: a) la naturaleza de los da�os que pueden ocasion�rsele a las personas si se concede la orden; b) la irreparabilidad o la existencia de un remedio adecuado en ley; c) la probabilidad de que el promovente prevalezca al resolverse el litigio; d) la probabilidad de que se torne acad�mico lo solicitado de no concederse el interdicto; e) el posible impacto sobre el inter�s p�blico del remedio que se solicita.
 
Por otro lado, la orden de entredicho provisional puede ser dictada sin notificaci�n previa a la parte adversa o a su abogado o abogada s�lo en determinadas circunstancias como por ejemplo: a) si aparece claramente de los hechos expuestos en una declaraci�n jurada o en la demanda jurada, que se causar�n perjuicios, p�rdidas o da�os inmediatos irreparables a la parte solicitante antes de que se pueda notificar y o�r a la parte adversa o a su representante; y b) que el abogado o abogada de la parte solicitante, o por derecho propio, certifique por escrito al tribunal, las diligencias que se hayan hecho, si alguna, para la notificaci�n y las razones en que funda su solicitud para que no se requiera dicha notificaci�n. 
 
El entredicho provisional se concede s�lo por diez d�as prorrogables a diez d�as m�s y requiere la prestaci�n de fianza para compensar cualquier da�o que se cause, excepto cuando el solicitante sea el Estado Libre Asociado.
 
Mandamus
El mandamus es otro recurso extraordinario, expedido por un tribunal de superior jerarqu�a, a nombre del Estado, y va dirigido a personas naturales o jur�dicas o a un tribunal de inferior jerarqu�a, para el cumplimiento de alg�n acto espec�fico que est� dentro de la obligaci�n de la funci�n ministerial que ejerce. No procede si el acto que se solicita es discrecional del funcionario. Por ejemplo, se puede instar un mandamus contra el Registrador de la Propiedad, pero no para que inscriba un documento notarial, ya que �sta es una funci�n discrecional conforme a la ley. Ahora bien, se puede instar el mandamus contra el Registrador para que califique el documento, ya que calificar es parte de su funci�n ministerial. El mandamus puede ir dirigido a cualquier funcionario o a cualquier persona para que cumpla con las funciones obligatorias de su cargo. 
 
Sentencia Declaratoria
Este recurso se utiliza con frecuencia cuando hay documentos y se interesa saber cu�les son los derechos y las obligaciones de las partes o para que se declare la relaci�n jur�dica existente entre estas, si es que existe alguna. Toda persona interesada en una escritura, testamento, contrato u otros documentos, cuyo derecho, estado o relaciones jur�dicas sean afectadas por una ley, una ordenanza o un estatuto, puede pedirle al Tribunal la sentencia declaratoria. A menudo se utiliza este recurso para anticipar demandas potenciales.
 
Habeas Corpus
El habeas corpus puede utilizarlo cualquier persona a quien se le haya privado ilegalmente de su libertad o que est� encarcelada sin raz�n v�lida en derecho. El habeas corpus se radica con el prop�sito de producir la libertad de una persona encarcelada o puede utilizarse en casos civiles, como por ejemplo en los pleitos de custodia cuando uno de los padres est� reteniendo a un menor sin tener la custodia leg�tima. El tribunal tiene que otorgar el habeas corpus sin demora, ordenando que se presente la persona detenida ante el Tribunal, a la fecha y hora indicada. Si la persona se niega a obedecer el auto de habeas corpus, hay que arrestarla hasta que cumpla con la orden del tribunal. Como regla general, se tiene que llevar a la persona detenida al tribunal, a menos que est� enferma o incapacitada. 
 
La jurisdicci�n o autoridad sobre estos recursos extraordinarios la tienen, tanto el Tribunal de Primera Instancia, el Tribunal de Apelaciones y el Tribunal Supremo, al que tambi�n se le ha concedido jurisdicci�n original. Sin embargo, ordinariamente �stos casos se ven en los tribunales de inferior jerarqu�a. La ventaja de poder utilizar estos recursos es que el tribunal entiende sobre ellos r�pidamente, por lo que la persona que lo solicita puede obtener un remedio r�pido si tiene derecho.
 
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Rolando Emmanuelli Jim�nez es abogado notario, Presidente del Bufete Emmanuelli, C.S.P. Para mayor informaci�n vea: http://www.bufete-emmanuelli.com 


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El Bufete Emmanuelli, C.S.P.


 Provee servicios de asesoramiento multidisciplinario para la reorganizaci�n de las operaciones de empresas negociando con sus acreedores o mediante la quiebra bajo el Cap�tulo 11

Estimados clientes y amigos(as):

En el Bufete Emmanuelli, C.S.P., le ayudamos a reestructurar su empresa hacia el �xito negociando con sus acreedores o mediante la Quiebra bajo el Cap�tulo 11  

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Cordialmente,

Rolando Emmanuelli Jim�nez
Presidente
USDC-PR No. 214105
RUA 8509

Bufete Emmanuelli, C.S.P.
Urbanizaci�n Constancia
Calle San Francisco 2803
Ponce, Puerto Rico

787-848-0666; 787-841-1435, Fax

Agencia de Alivio de Deudas bajo el C�digo de Quiebras Federal

*Sujeto al cumplimiento de requisitos de Ley y conforme a las circunstancias particulares de su caso.


Bufete Emmanuelli, C.S.P. 

 

 

Asesoramiento, Litigaci�n, Quiebras y Seguro Social Federal

 

Balanza Bufete Sola

La crisis econ�mica aguda que sufrimos en Puerto Rico desde el a�o 2005, ha ocasionado estragos en los cimientos de nuestro desarrollo econ�mico. Estas dificultades afectan las finanzas de la gran mayor�a de los empresarios puertorrique�os. Por tanto, existe la necesidad apremiante de servicios especializados para asesorar y litigar de manera efectiva y econ�mica, establecer nuevos negocios, reestructurar los existentes y crear nuevas relaciones de comercio internacional que transfieran dinero nuevo a nuestra econom�a.

 

El Bufete Emmanuelli, C.S.P. es un estudio de abogados y notar�a fundado hace 48 a�os que se dedica al asesoramiento y litigaci�n en las �reas de quiebras individuales y comerciales, desarrollo empresarial local e internacional, marcas y nombres comerciales, redes sociales e inform�tica, monopolios, derecho civil, comercial, de construcci�n, laboral, corporativo, da�os y perjuicios, contratos, salud e incapacidad bajo el Seguro Social Federal.

 

El Bufete Emmanuelli, C.S.P. ofrece soluciones integrales de llave de apertura (turnkey) desde una consulta inicial libre de costo, confidencial y sin compromiso, hasta la entrega del producto o servicio de manera costo efectiva a satisfacci�n del cliente. La estrategia de servicio del Bufete Emmanuelli, C.S.P. es integral, pues cuenta con recursos de excelencia para la planificaci�n y ejecuci�n en la creaci�n, reorganizaci�n o disoluci�n de intereses de negocios, financieros, de propiedad intelectual o personales, hasta las medidas necesarias para protegerse, prevenir problemas o hacer reclamos administrativos o judiciales. El Bufete Emmanuelli, C.S.P. se visualiza como un instrumento para apoyar el desarrollo socioecon�mico de Puerto Rico.

 

El Bufete Emmanuelli se fund� en el a�o 1966 por el Lcdo. Rolando Emmanuelli Sep�lveda. Desde diciembre de 2012, bajo la direcci�n de su hijo el Lcdo. Rolando Emmanuelli Jim�nez quien cuenta con 27 a�os de experiencia como abogado, integr� sus operaciones en las instalaciones del edificio del pasado Bufete Amado Pereira en Ponce, Puerto Rico. El Bufete Pereira fue adquirido en marzo de 2011 para integrar las pr�cticas existentes de desarrollo de negocios locales e internacionales junto al asesoramiento y litigaci�n, con las �reas de las quiebras de consumidores y reorganizaciones empresariales. De esta forma, se cuenta con soluciones integrales para establecer nuevos negocios, implantar pol�ticas de crecimiento y desarrollo, resoluci�n de conflictos, reorganizaci�n o liquidaci�n de empresas o negocios personales, ya sea sin quiebra, o bajo las disposiciones de los Cap�tulos 7, 11 o 13 del C�digo de Quiebras Federal.

 

Contamos con los m�s avanzados sistemas de inform�tica en la industria, incluyendo tecnolog�a sin papel y Web 2.0, para mayor rapidez y eficiencia, en armon�a con nuestro ambiente. Nuestro equipo de profesionales sigue una agenda de trabajo estructurada con protocolos y controles de calidad validados para una ejecuci�n �tica, r�pida y confiable de sus tareas. Tienen el conocimiento, destrezas y experiencia para brindar un servicio de excelencia de forma �gil y efectiva al menor costo posible.

 

En el Bufete Emmanuelli, C.S.P. entendemos que la mayor�a de los conflictos pueden evitarse mediante la planificaci�n y asesoramiento jur�dico oportuno y apropiado. Este asesoramiento hace menos probable el conflicto y resulta en una inversi�n que reduce costos.Como alternativas para la soluci�n de disputas, antes de recurrir al foro judicial, se ofrecen la negociaci�n, la mediaci�n o el arbitraje. Esto resulta en una imagen de buena fe ante el tribunal o foro al que se tenga que recurrir y en ahorros sustanciales en los costos de los servicios.

 

A pesar de que se prefieren los m�todos alternativos de resoluci�n de disputas, en ocasiones es imposible impedir un litigio judicial. Los protocolos de trabajo del Bufete Emmanuelli, C.S.P. estipulan una etapa de preparaci�n y recopilaci�n de informaci�n previa a la presentaci�n del litigio. Esto, con el prop�sito de tener una evaluaci�n certera de los m�ritos del asunto, para poder hacer una presentaci�n del caso mucho m�s clara y convincente, lo que reduce costos, y evita sorpresas en cuanto a los m�ritos del litigio.

 

El Coordinador del Departamento de Litigaci�n es el Presidente del Bufete, Lcdo. Rolando Emmanuelli Jim�nez, qui�n es autor de textos acad�micos y profesionales sobre el Derecho Probatorio y la litigaci�n. Su experiencia y conocimiento en los asuntos del juicio apoyan en todo momento al equipo de abogados y abogadas litigantes.

 

Nuestras instalaciones cuentan con una excelente localizaci�n, estacionamiento y con todos los recursos para ofrecer un servicio de excelencia. Para informaci�n adicional puede consultar la p�gina:  www.bufete-emmanuelli.com o escribir a [email protected]

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La informaci�n de este bolet�n se ofrece con fines informativos por lo que no debe considerarse como una consulta jur�dica ni puede sustituir el asesoramiento del abogado o abogada de su preferencia.



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