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Se publica 4ta edici�n del Prontuario de Derecho Probatorio Puertorrique�o
El texto actualiza la explicaci�n y el an�lisis de las Reglas de Evidencia
Por Rolando Emmanuelli Jim�nez, J.D., LL.M.
Ponce - Ya est� disponible la cuarta edici�n del Prontuario de Derecho Probatorio Puertorrique�o que presenta la informaci�n y la doctrina sobre las Reglas de Evidencia de Puerto Rico. As� lo dio a conocer el Lcdo. Rolando Emmanuelli Jim�nez, autor de la publicaci�n que discute en detalle las Reglas de Evidencia de 2010, las cuales determinan lo que ocurre durante el juicio en los tribunales en Puerto Rico.
La primera edici�n del Prontuario fue publicada en el a�o 1994 y fue premiada como Obra Jur�dica del A�o de 1995 por el Colegio de Abogados de Puerto Rico. La segunda edici�n se public� en el a�o 2005 e incluy� las enmiendas a las Reglas de Evidencia realizadas hasta el a�o 2004. La tercera edici�n del a�o 2010, incluy� las nuevas Reglas de Evidencia que est�n vigentes al presente. En esta cuarta edici�n de 2015, se actualiza el texto con la jurisprudencia de los pasados cinco a�os y se a�aden comentarios y an�lisis sobre la experiencia de la aplicaci�n de las nuevas Reglas en sus primeros cinco a�os de vigencia.
El Prontuario de Derecho Probatorio Puertorrique�o se utiliza como libro de texto en las facultades de derecho y en las universidades que ofrecen cursos pre-jur�dicos y de ciencias forenses en Puerto Rico. Ha sido citado, adem�s, como autoridad en numerosas ocasiones en las Sentencias y Opiniones de los Tribunales de Primera Instancia, el Tribunal de Apelaciones y el Tribunal Supremo de Puerto Rico.
La tercera edici�n cuenta con 660 p�ginas y contiene toda la informaci�n necesaria para entender el Derecho Probatorio en Puerto Rico, particularmente el emergente con las nuevas Reglas de Evidencia de 2010.
El libro comienza con una introducci�n sobre el proceso de redacci�n y aprobaci�n de las nuevas Reglas de 2010, continuando con una definici�n de los conceptos, junto a una relaci�n sobre el proceso judicial y la pr�ctica forense hasta el momento del juicio. Sigue con una breve historia del Derecho Probatorio, y las fuentes y fundamentos principales de esta materia en Puerto Rico. Expone las nuevas Reglas, siguiendo el formato del Informe del Comit� Asesor Permanente de Reglas de Evidencia del Tribunal Supremo en cuanto a la procedencia de cada regla, estableciendo, adem�s, las diferencias con las originales del 1979. Finalmente, aborda los aspectos doctrinales y jurisprudenciales fundamentales y las cr�ticas correspondientes para propiciar mejoras futuras.
El libro puede adquirirse en Biblio Services en San Juan (nuevo local) 399 Ave. Mu�oz Rivera (Marginal esquina Eleonor Roosevelt) y en Paseo del Sur Mall en Ponce. Para m�s informaci�n puede comunicarse al (787) 753-1231 � al (787) 290-0077.
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Rolando Emmanuelli Jim�nez es abogado notario, Presidente del Bufete Emmanuelli, C.S.P. Para mayor informaci�n vea: http://www.bufete-emmanuelli.com
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Publican libro:
Abec� del Derecho Puertorrique�o
Lo que necesita saber sobre las leyes principales de Puerto Rico
Ponce - La firma de abogados y notarios de Ponce, Bufete Emmanuelli, C.S.P. y su editorial Del Derecho y del Rev�s public� su nuevo libro electr�nico (e-book) titulado Abec� del Derecho Puertorrique�o, un texto que aborda de forma sencilla las leyes principales de Puerto Rico. As� lo inform� el Lcdo. Rolando Emmanuelli Jim�nez, presidente de Bufete Emmanuelli y editor de la obra.
"En esta publicaci�n explicamos de forma pr�ctica las principales leyes que tienen impacto diario en la vida de los puertorrique�os. Adem�s, exponemos y analizamos los elementos fundamentales de nuestro sistema de gobierno y las posibles soluciones a los principales problemas que enfrentamos en el pa�s", explic� Emmanuelli Jim�nez.
El texto, dirigido a la persona lega, contiene 85 temas jur�dicos que tienen gran utilidad para iniciar a los estudiantes de bachillerato que aspiren a estudiar derecho. Tambi�n, provee a los estudiantes de derecho una visi�n panor�mica de las materias que enfrentar�n en sus estudios de derecho.
La obra describe el sistema de resoluci�n de disputas y la figura de los profesionales del derecho en sus diferentes funciones, as� como la relaci�n profesional y �tica con las personas a quienes sirven. Adem�s, examina las situaciones de conflicto m�s comunes que cada ciudadano podr�a involucrarse como los asuntos de familia, contratos, da�os y perjuicios, herencia, el proceso civil, penal y los tr�mites apelativos.
"El texto incluye consejos pr�cticos para enfrentar las diferentes situaciones jur�dicas y los se�alamientos cr�ticos sobre c�mo deben modificarse las leyes para lograr soluciones m�s justas, r�pidas y econ�micas. En este trabajo ofrecemos a los ciudadanos herramientas para que puedan enfrentar las complejidades de la sociedad moderna y evitar el conflicto innecesario.", revel� Emmanuelli Jim�nez.
El libro puede obtenerse en el portal de Amazon.com, edici�n para Kindle y en la tienda de Ibooks de Apple, edici�n para Ipad.
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Publican Libro sobre reestructuraci�n de negocios para enfrentar la crisis
La obra es una gu�a b�sica jur�dica para los oficiales y gerentes de empresas

Ponce - Reestructuraci�n de los Negocios para Enfrentar la Crisis es el t�tulo del nuevo libro electr�nico (e-book) publicado por la firma de abogados y notarios de Ponce, Bufete Emmanuelli, C.S.P. y su editorial Del Derecho y del Rev�s, que expone de forma clara las medidas generales y espec�ficas que pueden tomar las empresa para lidiar con la crisis econ�mica. As� lo inform� el licenciado Rolando Emmanuelli Jim�nez, presidente de Bufete Emmanuelli.
"El texto es una gu�a b�sica jur�dica para oficiales y gerentes de empresas que presenta recomendaciones generales para actuar en la reestructuraci�n de los negocios o para entender los procesos que se tengan que llevar a cabo con el auxilio de otros profesionales o expertos", explic�Emmanuelli-Jim�nez.
La obra, de la autor�a del Lcdo. Rolando Emmanuelli Jim�nez y de la CPA y abogada Yasm�n Col�n Col�n, discute adem�s las posibilidades de reorganizaci�n sin quiebra y enfatiza particularmente el proceso de quiebra bajo el Cap�tulo 11 del C�digo de Quiebras Federal. La publicaci�n es la primera de una serie dirigida a abogados y personas legas que lleva el nombre de Compendios de Derecho Puertorrique�o.
El texto est� redactado en lenguaje sencillo para su cabal comprensi�n tanto por individuos que manejen negocios personales, como por ejecutivos y directores de empresas medianas y grandes. El libro puede obtenerse en el portal de Amazon.com, edici�n para Kindle y en la tienda de Ibooks de Apple, edici�n para Ipad.
El libro puede obtenerse en estos enlaces:
Amazon.com
Ibooks Store
Bufete Emmanuelli, C.S.P. es un estudio de abogados y notar�a que ofrece servicios de asesoramiento multidisciplinario para la reorganizaci�n de las operaciones de empresas o negocios personales que cualifiquen, negociando con sus acreedores o mediante la quiebra bajo el Cap�tulo 11 de la Ley Federal.
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Otras Publicaciones del Lcdo. Rolando Emmanuelli Jim�nez, J.D. LL.M.
Desde su origen, el Prontuario se ha utilizado como libro de texto en las facultades de derecho y en las universidades que ofrecen cursos pre-jur�dicos y de ciencias forenses. Adem�s, ha sido citado como autoridad en numerosas ocasiones en las Sentencias y Opiniones de los Tribunales de Primera Instancia, el Tribunal de Apelaciones y el Tribunal Supremo de Puerto Rico.
En la cuarta edici�n de 2015 del Prontuario, el prop�sito contin�a inalterado, pues constituye una fuente �gil de estudio y consulta para los estudiantes y los profesionales del derecho, pero ahora dentro del contexto actualizado al 2015, luego de cinco a�os de vigencia de las Reglas de Evidencia de 2010. Compendio de Derecho Probatorio Puertorrique�o
Basada en su obra Prontuario de Derecho Probatorio Puertorrique�a, esta edici�n contiene una explicaci�n suscinta y menos t�cnica de las reglas evidenciarias de Puerto Rico.
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EL PROCESO APELATIVO EN
PUERTO RICO
Por Rolando Emmanuelli Jim�nez, J.D., LL.M.
En Puerto Rico existen disposiciones que establecen cursos de acci�n cuando estamos inconformes con una decisi�n de una agencia administrativa o de un tribunal. Los tribunales que en nuestro ordenamiento jur�dico atienden estos tr�mites son el Tribunal de Apelaciones, el cual es un tribunal intermedio creado por ley, y el Tribunal Supremo que tiene su base en la Constituci�n de Puerto Rico.
�Por qu� existen tribunales apelativos? Existen para corregir los errores que cometen los dem�s tribunales o agencias administrativas.
No debemos perder de perspectiva que las decisiones son tomadas por seres humanos y errar est� en nuestra naturaleza. Por tanto, existen formas de salvaguardar el derecho constitucional a un debido proceso de ley, para que la parte que entienda que fue perjudicada por una sentencia o una resoluci�n pueda recurrir ante un tribunal de mayor jerarqu�a, compuesto por m�s de una persona, y fundamentar los errores que entiende que a su juicio se cometieron.
El Tribunal de superior jerarqu�a puede hacer tres cosas: a) confirmar la decisi�n del tribunal inferior, entendiendo que los errores que se alegan no se cometieron. Tambi�n puede decirse que el tribunal revisor est� de acuerdo con el resultado, aunque no con los fundamentos; b) revocar la decisi�n si entiende que la parte que plantea los errores tiene raz�n de acuerdo al estado de derecho vigente o la prueba presentada; o c) modificar la decisi�n del tribunal inferior, que implica que est� de acuerdo con parte de la decisi�n del tribunal inferior.
Los recursos apelativos principales se denominan Certiorari y Apelaci�n. El recurso de Certiorari se presenta generalmente cuando una parte de un pleito no est� conforme con una resoluci�n interlocutoria del tribunal. Cuando hablamos de "Resoluci�n" nos referimos a que el tribunal ha emitido un dictamen que ha resuelto una controversia del caso, pero no el pleito en su totalidad. El tribunal de superior jerarqu�a tiene alta discreci�n en determinar si va a revisar la decisi�n del tribunal inferior. Por el contrario, cuando el tribunal inferior dicta sentencia en un caso, poniendo fin al pleito en su totalidad, la parte afectada tiene derecho a presentar un recurso de Apelaci�n. A diferencia del Certiorari, cuando se radica una Apelaci�n, el Tribunal de Apelaciones est� obligado a revisar esa decisi�n.
Antes de presentar un recurso apelativo, la parte perjudicada por la determinaci�n del Tribunal de Primera Instancia puede presentarle una moci�n de reconsideraci�n dentro de los 15 d�as de archivada en autos la notificaci�n de la sentencia. El Tribunal debe considerar la moci�n. Una vez resuelta, comienza a transcurrir el t�rmino para recurrir al Tribunal de Apelaciones.
Las partes inconformes con una resoluci�n u orden, o con una sentencia del Tribunal de Primera Instancia, tienen un t�rmino de treinta (30) d�as desde el archivo en autos de copia de la notificaci�n de la sentencia o de la resoluci�n declarando no ha lugar la moci�n de reconsideraci�n, para presentar un recurso de Certiorari o de Apelaci�n, seg�n sea el caso, ante el Tribunal de Apelaciones. En el caso de las sentencias de casos del Tribunal de Primera Instancia en que el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, sus funcionarios, instrumentalidades (que no sean corporaciones p�blicas) o municipios sean parte, se presentar� una Apelaci�n o Certiorari, pero esta vez el t�rmino es de sesenta (60) d�as a partir del archivo en autos de copia de la notificaci�n.
Cuando una parte recibe una resoluci�n o sentencia que le perjudica, debe reunirse con su abogado o abogada para discutir el curso a seguir y las probabilidades de �xito de un Certiorari o Apelaci�n. Debe recordar que en muchos contratos de servicios profesionales no se incluyen los tr�mites apelativos. Por tanto, debe discutir detalladamente los nuevos honorarios.
En casos criminales, las sentencias finales se revisan mediante el recurso de Apelaci�n excepto en los casos de condena por alegaci�n de culpabilidad, en los cuales proceder� �nicamente un recurso de Certiorari discrecional ante el Tribunal de Apelaciones. En ambos casos, el recurso se presentar� dentro de los treinta (30) d�as siguientes al archivo de copia de la notificaci�n.
De acuerdo con el orden jer�rquico apelativo descrito, la parte inconforme con las determinaciones del Tribunal de Apelaciones puede recurrir ante el Tribunal Supremo.
Se puede radicar una Apelaci�n dentro del t�rmino de treinta (30) d�as a partir del archivo en autos de copia de la notificaci�n de la sentencia en dos circunstancias: a) cuando el Tribunal de Apelaciones emite una sentencia final declarando inconstitucional una Ley, resoluci�n, regla, reglamento u ordenanza municipal al amparo de la Constituci�n del Estado Libre Asociado de Puerto Rico o la de Estados Unidos de Norteam�rica; b) cuando el Tribunal de Apelaciones emite una sentencia que contradice alguna sentencia previa del mismo tribunal.
En t�rminos generales, cualquier otra sentencia final del Tribunal de Apelaciones se revisar� en el Tribunal Supremo, por medio de un Certiorari que se presentar� dentro de los treinta (30) d�as contados a partir del archivo en autos de copia de la notificaci�n de la sentencia o la resoluci�n que declar� sin lugar una moci�n de reconsideraci�n presentada ante ese foro.
En el caso de las sentencias de casos que provienen del Tribunal de Apelaciones en que el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, sus funcionarios, instrumentalidades (que no sean corporaciones p�blicas) o municipios sean parte, se presentar� una Apelaci�n o Certiorari, pero esta vez el t�rmino es de sesenta (60) d�as a partir del archivo en autos de copia de la notificaci�n.
Por otro lado, si lo que se va a revisar es una decisi�n final de una agencia administrativa, hay que acudir ante el Tribunal de Apelaciones dentro del t�rmino que disponga la propia Ley habilitadora de la agencia, o en su defecto, es necesario recurrir a la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme que generalmente dispone de un t�rmino de treinta (30) d�as para formalizar el recurso de Revisi�n Administrativa. Tambi�n en estos casos, la parte perjudicada tiene la opci�n de presentar una moci�n de reconsideraci�n ante la agencia pertinente y el t�rmino para recurrir mediante revisi�n administrativa al Tribunal de Apelaciones comenzar� a transcurrir luego de que la agencia resuelva la moci�n de reconsideraci�n.
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Rolando Emmanuelli Jim�nez es abogado notario, Presidente del Bufete Emmanuelli, C.S.P. Para mayor informaci�n vea: http://www.bufete-emmanuelli.com
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Bufete Emmanuelli, C.S.P.
Asesoramiento, Litigaci�n, Quiebras y Seguro Social Federal
La crisis econ�mica aguda que sufrimos en Puerto Rico desde el a�o 2005, ha ocasionado estragos en los cimientos de nuestro desarrollo econ�mico. Estas dificultades afectan las finanzas de la gran mayor�a de los empresarios puertorrique�os. Por tanto, existe la necesidad apremiante de servicios especializados para asesorar y litigar de manera efectiva y econ�mica, establecer nuevos negocios, reestructurar los existentes y crear nuevas relaciones de comercio internacional que transfieran dinero nuevo a nuestra econom�a.
El Bufete Emmanuelli, C.S.P. es un estudio de abogados y notar�a fundado hace 48 a�os que se dedica al asesoramiento y litigaci�n en las �reas de quiebras individuales y comerciales, desarrollo empresarial local e internacional, marcas y nombres comerciales, redes sociales e inform�tica, monopolios, derecho civil, comercial, de construcci�n, laboral, corporativo, da�os y perjuicios, contratos, salud e incapacidad bajo el Seguro Social Federal.
El Bufete Emmanuelli, C.S.P. ofrece soluciones integrales de llave de apertura (turnkey) desde una consulta inicial libre de costo, confidencial y sin compromiso, hasta la entrega del producto o servicio de manera costo efectiva a satisfacci�n del cliente. La estrategia de servicio del Bufete Emmanuelli, C.S.P. es integral, pues cuenta con recursos de excelencia para la planificaci�n y ejecuci�n en la creaci�n, reorganizaci�n o disoluci�n de intereses de negocios, financieros, de propiedad intelectual o personales, hasta las medidas necesarias para protegerse, prevenir problemas o hacer reclamos administrativos o judiciales. El Bufete Emmanuelli, C.S.P. se visualiza como un instrumento para apoyar el desarrollo socioecon�mico de Puerto Rico.
El Bufete Emmanuelli se fund� en el a�o 1966 por el Lcdo. Rolando Emmanuelli Sep�lveda. Desde diciembre de 2012, bajo la direcci�n de su hijo el Lcdo. Rolando Emmanuelli Jim�nez quien cuenta con 27 a�os de experiencia como abogado, integr� sus operaciones en las instalaciones del edificio del pasado Bufete Amado Pereira en Ponce, Puerto Rico. El Bufete Pereira fue adquirido en marzo de 2011 para integrar las pr�cticas existentes de desarrollo de negocios locales e internacionales junto al asesoramiento y litigaci�n, con las �reas de las quiebras de consumidores y reorganizaciones empresariales. De esta forma, se cuenta con soluciones integrales para establecer nuevos negocios, implantar pol�ticas de crecimiento y desarrollo, resoluci�n de conflictos, reorganizaci�n o liquidaci�n de empresas o negocios personales, ya sea sin quiebra, o bajo las disposiciones de los Cap�tulos 7, 11 o 13 del C�digo de Quiebras Federal.
Contamos con los m�s avanzados sistemas de inform�tica en la industria, incluyendo tecnolog�a sin papel y Web 2.0, para mayor rapidez y eficiencia, en armon�a con nuestro ambiente. Nuestro equipo de profesionales sigue una agenda de trabajo estructurada con protocolos y controles de calidad validados para una ejecuci�n �tica, r�pida y confiable de sus tareas. Tienen el conocimiento, destrezas y experiencia para brindar un servicio de excelencia de forma �gil y efectiva al menor costo posible.
En el Bufete Emmanuelli, C.S.P. entendemos que la mayor�a de los conflictos pueden evitarse mediante la planificaci�n y asesoramiento jur�dico oportuno y apropiado. Este asesoramiento hace menos probable el conflicto y resulta en una inversi�n que reduce costos.Como alternativas para la soluci�n de disputas, antes de recurrir al foro judicial, se ofrecen la negociaci�n, la mediaci�n o el arbitraje. Esto resulta en una imagen de buena fe ante el tribunal o foro al que se tenga que recurrir y en ahorros sustanciales en los costos de los servicios.
A pesar de que se prefieren los m�todos alternativos de resoluci�n de disputas, en ocasiones es imposible impedir un litigio judicial. Los protocolos de trabajo del Bufete Emmanuelli, C.S.P. estipulan una etapa de preparaci�n y recopilaci�n de informaci�n previa a la presentaci�n del litigio. Esto, con el prop�sito de tener una evaluaci�n certera de los m�ritos del asunto, para poder hacer una presentaci�n del caso mucho m�s clara y convincente, lo que reduce costos, y evita sorpresas en cuanto a los m�ritos del litigio.
El Coordinador del Departamento de Litigaci�n es el Presidente del Bufete, Lcdo. Rolando Emmanuelli Jim�nez, qui�n es autor de textos acad�micos y profesionales sobre el Derecho Probatorio y la litigaci�n. Su experiencia y conocimiento en los asuntos del juicio apoyan en todo momento al equipo de abogados y abogadas litigantes.
Nuestras instalaciones cuentan con una excelente localizaci�n, estacionamiento y con todos los recursos para ofrecer un servicio de excelencia. Para informaci�n adicional puede consultar la p�gina: www.bufete-emmanuelli.com o escribir a rolando@bufete-emmanuelli.com
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 El Bufete Emmanuelli, C.S.P.
Provee servicios de asesoramiento multidisciplinario para la reorganizaci�n de las operaciones de empresas negociando con sus acreedores o mediante la quiebra bajo el Cap�tulo 11
Estimados clientes y amigos(as):
En el Bufete Emmanuelli, C.S.P., le ayudamos a reestructurar su empresa hacia el �xito negociando con sus acreedores o mediante la Quiebra bajo el Cap�tulo 11
Mediante la Reorganizaci�n de su Negocio bajo el Cap�tulo 11 de la Ley de Quiebras Federal usted puede:
--------------------------- Recobrar la Viabilidad del Negocio
Controlar los Costos
Eliminar Deudas
Maximizar los Ingresos
Liberarse de Contratos Onerosos
Llevar a cabo Reorganizaciones Laborales
Eliminar las Llamadas de Cobro
Paralizar las Demandas, Embargos y Ejecuciones judiciales*
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Para una cita en nuestras oficinas llame al 787-848-0666
Consulta Inicial Gratis Confidencialidad
Puede escribir a:
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Cordialmente,
Rolando Emmanuelli Jim�nez Presidente USDC-PR No. 214105 RUA 8509
Bufete Emmanuelli, C.S.P. Urbanizaci�n Constancia Calle San Francisco 2803 Ponce, Puerto Rico
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Agencia de Alivio de Deudas bajo el C�digo de Quiebras Federal
*Sujeto al cumplimiento de requisitos de Ley y conforme a las circunstancias particulares de su caso.
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Rolando Emmanuelli Jim�nez, J.D., LL.M. Bufete Emmanuelli, C.S.P. www.bufete-emmanuelli.com Urb. Constancia Calle San Francisco 2803 Ponce, Puerto Rico 00732-0779 787-848-0666 787-841- 1435 Fax
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