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Del Derecho y
Del Rev�s

Bolet�n Electr�nico del
Bufete Emmanuelli, C.S.P. 

6ta Edici�n Electr�nica
Correo Electr�nico Autorizado

 

 

PRESENTACION 

DE PRUEBA PERICIAL

 

 

Por Rolando Emmanuelli Jim�nez, J.D., LL.M.

 

 

 

Los tribunales resuelven todo tipo de controversia en las cuales no solo est�n involucrados cuestiones complejas de hechos y de Derecho, si no tambi�n elementos tecnol�gicos o cient�ficos de dif�cil comprensi�n. Por esta raz�n existen las normas sobre el testimonio pericial. Cuando conocimiento cient�fico, t�cnico o especializado sea de ayuda para el tribunal entender la evidencia o determinar un hecho en controversia, una persona capacitada como perita en relaci�n con la materia sobre la cual va a declarar, podr� testificar en forma de opiniones o de otra manera. 

 

Cuando se dice que pueden testificar en forma de opiniones se refiere principalmente al hecho de que, contrario a los testigos legos, no tienen que tener conocimiento personal sobre lo que ocurri�. Tambi�n pueden hacer las inferencias apoyadas en su conocimiento o experiencia especial y los hechos que le sean presentados antes o durante el juicio. En ese sentido, son testigos especiales, ya que no le aplican las normas tradicionales de conocimiento personal y de que no pueden especular u ofrecer opiniones.

 

No toda persona cualifica como perita. Para que pueda cualificar debe tener conocimiento especial, destreza, experiencia, adiestramiento o instrucci�n suficiente para cualificarla como un experta. Esta norma es laxa y permite que declaren expertos en campos generales sobre asuntos especializados. Esta es una norma de acceso a la justicia. Permite que litigantes sin poder econ�mico puedan presentar sus casos al tribunal aunque no tengan el dinero para contratar al experto adecuado. Un ejemplo notable es el m�dico generalista que declara como perito en un caso de da�os y perjuicios sobre un problema m�dico en un ojo y tiene como adversario pericial a un oftalm�logo. Ambos pueden declarar, sin embargo, el tribunal tiene que decidir a qui�n le va a creer. En la mayor�a de las veces la balanza se inclinar� hacia el testimonio de la persona perita con mayor conocimiento o experiencia.

 

Si bien es cierto que en Puerto Rico tradicionalmente se ha sido muy liberal en cuanto a la admisibilidad del testimonio pericial, existe una jurisprudencia muy importante del Tribunal Supremo Federal que establece que el testimonio experto tiene que ser confiable en t�rminos cient�ficos. Es decir, que la persona perita tiene que establecer las bases cient�ficas de su opini�n y que tiene validez en la comunidad cient�fica pertinente. Esto obliga a que las personas peritas actualmente tengan que prepararse mucho mejor para poder vertir testimonios en los tribunales. Esta jurisprudencia, si bien es cierto que tiende a encarecer el proceso judicial al requerir mayor preparaci�n cient�fica, tiene como consecuencia el limitar las posibilidades de que las adjudicaciones se lleven a cabo basadas en informaci�n cient�fica poco confiable o incorrecta.

 

En Puerto Rico no existe una norma similar a la Federal en cuanto a la admisibilidad del testimonio experto, ya que no es indispensable establecer la confiabilidad previo a que se permita el testimonio. Sin embargo, la confiabilidad es fundamental a la hora de asignarle credibilidad o valor probatorio. Por tanto, mientras m�s confiable sea la ciencia o experimento que apoye la opini�n de la persona perito, mayor credibilidad y valor probatorio tendr� ante el tribunal.

 

A esos fines la Regla 702 de las de Evidencia de 2010, sobre testimonio pericial, expresa los elementos que debe tener el tribunal para evaluar el valor probatorio del testimonio de una persona perito. La Regla establece que el valor probatorio del testimonio depender�, entre otros, de:

 

(a) si el testimonio est� basado en hechos o informaci�n suficiente;


 
(b) si el testimonio es el producto de principios y m�todos confiables;


 
(c) si la persona testigo aplic� los principios y m�todos de manera confiable a los hechos del caso;

 

(d) si el principio subyacente al testimonio ha sido aceptado generalmente en la comunidad cient�fica;

 

(e) las calificaciones o credenciales de la persona testigo;

 

(f) la parcialidad de la persona testigo.

 

A la luz de las normas sobre testimonio pericial conviene a las partes conseguir la comparecencia de personas peritas con las mejores credenciales o cualificaciones que puedan demostrar al tribunal que sus opiniones est�n basadas en ciencias, tecnolog�as o experimentos que son reconocidos en la comunidad cient�fica, confiables y v�lido.

 

 

Rolando Emmanuelli Jim�nez es abogado notario, Presidente del Bufete Emmanuelli, C.S.P. Para mayor informaci�n vea: http://www.bufete-emmanuelli.com 


 

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Publican libro: 
Abec� del Derecho Puertorrique�o

Lo que necesita saber sobre las leyes principales de Puerto Rico




Ponce - La firma de abogados y notarios de Ponce, Bufete Emmanuelli, C.S.P. y su editorial Del Derecho y del Rev�s public� su nuevo libro electr�nico (e-book) titulado Abec� del Derecho Puertorrique�o, un texto que aborda de forma sencilla las leyes principales de Puerto Rico. As� lo inform� el Lcdo. Rolando Emmanuelli Jim�nez, presidente de Bufete Emmanuelli y editor de la obra. 

"En esta publicaci�n explicamos de forma pr�ctica las principales leyes que tienen impacto diario en la vida de los puertorrique�os. Adem�s, exponemos y analizamos los elementos fundamentales de nuestro sistema de gobierno y las posibles soluciones a los principales problemas que enfrentamos en el pa�s", explic� Emmanuelli Jim�nez.

El texto, dirigido a la persona lega, contiene 85 temas jur�dicos que tienen gran utilidad para iniciar a los estudiantes de bachillerato que aspiren a estudiar derecho. Tambi�n, provee a los estudiantes de derecho una visi�n panor�mica de las materias que enfrentar�n en sus estudios de derecho. 

La obra describe el sistema de resoluci�n de disputas y la figura de los profesionales del derecho en sus diferentes funciones, as� como la relaci�n profesional y �tica con las personas a quienes sirven. Adem�s, examina las situaciones de conflicto m�s comunes que cada ciudadano podr�a involucrarse como los asuntos de familia, contratos, da�os y perjuicios, herencia, el proceso civil, penal y los tr�mites apelativos. 

"El texto incluye consejos pr�cticos para enfrentar las diferentes situaciones jur�dicas y los se�alamientos cr�ticos sobre c�mo deben modificarse las leyes para lograr soluciones m�s justas, r�pidas y econ�micas. En este trabajo ofrecemos a los ciudadanos herramientas para que puedan enfrentar las complejidades de la sociedad moderna y evitar el conflicto innecesario.", revel� Emmanuelli Jim�nez.

El libro puede obtenerse en el portal de Amazon.com, edici�n para Kindle y en la tienda de Ibooks de Apple, edici�n para Ipad.

 
Otras publicaciones del Lcdo. Rolando Emmanuelli Jim�nez, J.D. LL.M.


Desde su origen, el Prontuario se ha utilizado como libro de texto en las facultades de derecho y en las universidades que ofrecen cursos pre-jur�dicos y de ciencias forenses. Adem�s, ha sido citado como autoridad en numerosas ocasiones en las Sentencias y Opiniones de los Tribunales de Primera Instancia, el Tribunal de Apelaciones y el Tribunal Supremo de Puerto Rico. En esta tercera edici�n del Prontuario el prop�sito contin�a inalterado para contar con una fuente �gil de estudio y consulta para los estudiantes y los profesionales del derecho, pero ahora dentro del contexto y como apoyo inmediato a la transici�n hacia las Nuevas Reglas de Derecho Probatorio que entraron en vigor el 1 de enero de 2010.


Compendio de Derecho Probatorio Puertorrique�o
 

Basada en su obra Prontuario de Derecho Probatorio Puertorrique�a, esta edici�n contiene una explicaci�n suscinta y menos t�cnica de las reglas evidenciarias de Puerto Rico.





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Bufete Emmanuelli, C.S.P. 

 

 

Asesoramiento, Litigaci�n, Quiebras y Seguro Social Federal

 

Balanza Bufete Sola

La crisis econ�mica aguda que sufrimos en Puerto Rico desde el a�o 2005, ha ocasionado estragos en los cimientos de nuestro desarrollo econ�mico. Estas dificultades afectan las finanzas de la gran mayor�a de los empresarios puertorrique�os. Por tanto, existe la necesidad apremiante de servicios especializados para asesorar y litigar de manera efectiva y econ�mica, establecer nuevos negocios, reestructurar los existentes y crear nuevas relaciones de comercio internacional que transfieran dinero nuevo a nuestra econom�a.

 

El Bufete Emmanuelli, C.S.P. es un estudio de abogados y notar�a fundado hace 48 a�os que se dedica al asesoramiento y litigaci�n en las �reas de quiebras individuales y comerciales, desarrollo empresarial local e internacional, marcas y nombres comerciales, redes sociales e inform�tica, monopolios, derecho civil, comercial, de construcci�n, laboral, corporativo, da�os y perjuicios, contratos, salud e incapacidad bajo el Seguro Social Federal.

 

El Bufete Emmanuelli, C.S.P. ofrece soluciones integrales de llave de apertura (turnkey) desde una consulta inicial libre de costo, confidencial y sin compromiso, hasta la entrega del producto o servicio de manera costo efectiva a satisfacci�n del cliente. La estrategia de servicio del Bufete Emmanuelli, C.S.P. es integral, pues cuenta con recursos de excelencia para la planificaci�n y ejecuci�n en la creaci�n, reorganizaci�n o disoluci�n de intereses de negocios, financieros, de propiedad intelectual o personales, hasta las medidas necesarias para protegerse, prevenir problemas o hacer reclamos administrativos o judiciales. El Bufete Emmanuelli, C.S.P. se visualiza como un instrumento para apoyar el desarrollo socioecon�mico de Puerto Rico.

 

El Bufete Emmanuelli se fund� en el a�o 1966 por el Lcdo. Rolando Emmanuelli Sep�lveda. Desde diciembre de 2012, bajo la direcci�n de su hijo el Lcdo. Rolando Emmanuelli Jim�nez quien cuenta con 27 a�os de experiencia como abogado, integr� sus operaciones en las instalaciones del edificio del pasado Bufete Amado Pereira en Ponce, Puerto Rico. El Bufete Pereira fue adquirido en marzo de 2011 para integrar las pr�cticas existentes de desarrollo de negocios locales e internacionales junto al asesoramiento y litigaci�n, con las �reas de las quiebras de consumidores y reorganizaciones empresariales. De esta forma, se cuenta con soluciones integrales para establecer nuevos negocios, implantar pol�ticas de crecimiento y desarrollo, resoluci�n de conflictos, reorganizaci�n o liquidaci�n de empresas o negocios personales, ya sea sin quiebra, o bajo las disposiciones de los Cap�tulos 7, 11 o 13 del C�digo de Quiebras Federal.

 

Contamos con los m�s avanzados sistemas de inform�tica en la industria, incluyendo tecnolog�a sin papel y Web 2.0, para mayor rapidez y eficiencia, en armon�a con nuestro ambiente. Nuestro equipo de profesionales sigue una agenda de trabajo estructurada con protocolos y controles de calidad validados para una ejecuci�n �tica, r�pida y confiable de sus tareas. Tienen el conocimiento, destrezas y experiencia para brindar un servicio de excelencia de forma �gil y efectiva al menor costo posible.

 

En el Bufete Emmanuelli, C.S.P. entendemos que la mayor�a de los conflictos pueden evitarse mediante la planificaci�n y asesoramiento jur�dico oportuno y apropiado. Este asesoramiento hace menos probable el conflicto y resulta en una inversi�n que reduce costos.Como alternativas para la soluci�n de disputas, antes de recurrir al foro judicial, se ofrecen la negociaci�n, la mediaci�n o el arbitraje. Esto resulta en una imagen de buena fe ante el tribunal o foro al que se tenga que recurrir y en ahorros sustanciales en los costos de los servicios.

 

A pesar de que se prefieren los m�todos alternativos de resoluci�n de disputas, en ocasiones es imposible impedir un litigio judicial. Los protocolos de trabajo del Bufete Emmanuelli, C.S.P. estipulan una etapa de preparaci�n y recopilaci�n de informaci�n previa a la presentaci�n del litigio. Esto, con el prop�sito de tener una evaluaci�n certera de los m�ritos del asunto, para poder hacer una presentaci�n del caso mucho m�s clara y convincente, lo que reduce costos, y evita sorpresas en cuanto a los m�ritos del litigio.

 

El Coordinador del Departamento de Litigaci�n es el Presidente del Bufete, Lcdo. Rolando Emmanuelli Jim�nez, qui�n es autor de textos acad�micos y profesionales sobre el Derecho Probatorio y la litigaci�n. Su experiencia y conocimiento en los asuntos del juicio apoyan en todo momento al equipo de abogados y abogadas litigantes.

 

Nuestras instalaciones cuentan con una excelente localizaci�n, estacionamiento y con todos los recursos para ofrecer un servicio de excelencia. Para informaci�n adicional puede consultar la p�gina:  www.bufete-emmanuelli.com o escribir a rolando@bufete-emmanuelli.com


 
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El Bufete Emmanuelli, C.S.P.


 Provee servicios de asesoramiento multidisciplinario para la reorganizaci�n de las operaciones de empresas negociando con sus acreedores o mediante la quiebra bajo el Cap�tulo 11

Estimados clientes y amigos(as):

En el Bufete Emmanuelli, C.S.P., le ayudamos a reestructurar su empresa hacia el �xito negociando con sus acreedores o mediante la Quiebra bajo el Cap�tulo 11  

Mediante la Reorganizaci�n de su Negocio bajo el Cap�tulo 11 de la Ley de Quiebras Federal usted puede:

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Recobrar la Viabilidad del Negocio

Controlar los Costos

Eliminar Deudas

Maximizar los Ingresos

Liberarse de Contratos Onerosos

Llevar a cabo Reorganizaciones Laborales

Eliminar las Llamadas de Cobro

Paralizar las Demandas, Embargos y Ejecuciones judiciales*

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Para una cita en nuestras oficinas llame al 787-848-0666

Consulta Inicial Gratis
Confidencialidad

Puede escribir a:  

cap11@bufete-emmanuelli.com

Para m�s informaci�n visite las p�ginas:

www.bufete-emmanuelli.com

quiebracapitulo11.blogspot.com    

Cordialmente,

Rolando Emmanuelli Jim�nez
Presidente
USDC-PR No. 214105
RUA 8509

Bufete Emmanuelli, C.S.P.
Urbanizaci�n Constancia
Calle San Francisco 2803
Ponce, Puerto Rico

787-848-0666; 787-841-1435, Fax

Agencia de Alivio de Deudas bajo el C�digo de Quiebras Federal

*Sujeto al cumplimiento de requisitos de Ley y conforme a las circunstancias particulares de su caso.


Publican Libro sobre reestructuraci�n de negocios para enfrentar la crisis

La obra es una gu�a b�sica jur�dica para los oficiales y gerentes de empresas

Ponce -  Reestructuraci�n de los Negocios para Enfrentar la Crisis es el t�tulo del nuevo libro electr�nico (e-book) publicado por la firma de abogados y notarios de Ponce, Bufete Emmanuelli, C.S.P. y su editorial Del Derecho y del Rev�s, que expone de forma clara las medidas generales y espec�ficas que pueden tomar las empresa para lidiar con la crisis econ�mica. As� lo inform� el licenciado Rolando Emmanuelli Jim�nez, presidente de Bufete Emmanuelli.

 

"El texto es una gu�a b�sica jur�dica para oficiales y gerentes de empresas que presenta recomendaciones generales para actuar en la reestructuraci�n de los negocios o para entender los procesos que se tengan que llevar a cabo con el auxilio de otros profesionales o expertos", explic�Emmanuelli-Jim�nez. 

 

La obra, de la autor�a del Lcdo. Rolando Emmanuelli Jim�nez y de la CPA y abogada Yasm�n Col�n Col�n, discute adem�s las posibilidades de reorganizaci�n sin quiebra y enfatiza particularmente el proceso de quiebra bajo el Cap�tulo 11 del C�digo de Quiebras Federal. La publicaci�n es la primera de una serie dirigida a abogados y personas legas que lleva el nombre de Compendios de Derecho Puertorrique�o.

 

El texto est� redactado en lenguaje sencillo para su cabal comprensi�n tanto por individuos que manejen negocios personales, como por ejecutivos y directores de empresas medianas y grandes.  El libro puede obtenerse en el portal de Amazon.com, edici�n para Kindle y en la tienda de Ibooks de Apple, edici�n para Ipad.

 

El libro puede obtenerse en estos enlaces:

 

Amazon.com

 

Ibooks Store

 

Bufete Emmanuelli, C.S.P. es un estudio de abogados y notar�a que ofrece servicios de asesoramiento multidisciplinario para la reorganizaci�n de las operaciones de empresas o negocios personales que cualifiquen, negociando con sus acreedores o mediante la quiebra bajo el Cap�tulo 11 de la Ley Federal.

 
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787-848-0666
787-841- 1435 Fax

La informaci�n de este bolet�n se ofrece con fines informativos por lo que no debe considerarse como una consulta jur�dica ni puede sustituir el asesoramiento del abogado o abogada de su preferencia.



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