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LAS CARACTERISTICAS M�S IMPORTANTES DE LA LEY DE ARMAS DE PUERTO RICO
Por Rolando Emmanuelli Jim�nez, J.D., LL.M.
La Ley 404 del 11 de septiembre de 2000 unific� los requisitos para la concesi�n de las licencias de tener y poseer, portar armas, tiro al blanco y de caza. Tambi�n, estableci� sanciones, multas y las sentencias que se impondr�n por violaciones a sus disposiciones; cre� un registro de ventas de municiones con un l�mite m�ximo para la cantidad de municiones que puede obtener alguien que no posea permiso de tiro al blanco o de caza; limit� la cantidad de armas que pueden autorizarse a alguna persona con licencia de armas; y, cre� un registro electr�nico de las armas en la polic�a de Puerto Rico.
El superintendente de la polic�a expedir� una licencia de armas que estar� dise�ada para registrar electr�nicamente todas las transacciones de armas de fuego y municiones por parte del tenedor de la licencia. Esta licencia ser� representada en forma de un carn� que contendr� una fotograf�a y nombre de la persona, adem�s de su fecha de nacimiento y n�mero de licencia, fecha de expedici�n y expiraci�n. No contendr�, sin embargo, ni su direcci�n, ni mencionar� las armas registradas a su nombre o la cantidad de municiones autorizadas a comprar.
Una caracter�stica particular de este carn� es que proveer� el mecanismo necesario para lograr acceso al nuevo sistema de registro electr�nico de la polic�a. Este sistema electr�nico permitir� al armero contactar al registro el cual le dir� los pormenores de la licencia, por ejemplo, identificar la categor�a de licencia que tiene, ya sea tiro al blanco, portaci�n, etc.
Para obtener la licencia de armas el peticionario deber� cumplir, entre otros, con los siguientes requisitos:
Haber cumplido 21 a�os de edad. Ser ciudadano de Estados Unidos o residente legal de Puerto Rico y no ser persona que haya renunciado a la ciudadan�a de Estados Unidos despu�s de haberla ostentado. Cancelar un sello de rentas internas de $100. Someter tres declaraciones juradas de personas que no tengan relaci�n de consanguinidad o afinidad con el peticionario atestiguando que el peticionario goza de buena reputaci�n en la comunidad, que no es propenso a cometer actos de violencia ya que a su mejor entender se encuentra emocionalmente apto para poseer un arma de fuego, por lo que no existe objeci�n a que tenga una.
La ley dispone que una vez la solicitud de licencia de arma est� debidamente cumplimentada ser� radicada en el cuartel general de la polic�a o en la comandancia de �rea donde resida la persona solicitante. Luego de esto y dentro de cinco d�as laborables, el superintendente expedir� una certificaci�n de que la solicitud y los documentos requeridos han sido entregados. A partir de dicha certificaci�n el superintendente tiene un t�rmino que no exceder� de 120 d�as naturales para determinar y certificar por escrito si la persona cumple con los requisitos para la concesi�n de la licencia de armas. Si dentro del plazo de 120 d�as el superintendente no emite una determinaci�n, entonces tendr�a la obligaci�n de extender un permiso provisional de 60 d�as naturales con todas las prerrogativas de una licencia de armas ordinaria. Si al concluir la vigencia de dicho permiso provisional el superintendente no hubiese llegado a una determinaci�n, dicho permiso provisional advendr� autom�ticamente a ser una licencia de armas ordinaria. No obstante, el superintendente podr� seguir investigando y de resultar que el peticionario no cualifica para la licencia, �sta ser� revocada e incautar� todas las armas de fuego y municiones que tuviera la persona.
Como norma general, la licencia de armas faculta a la persona a ser propietario de dos armas de fuego salvo los poseedores de permiso de tiro al blanco, caza o los que adquieran armas por v�a de herencia.
Luego de recibida la licencia de armas y dentro del t�rmino de 90 d�as prorrogables a 90 m�s, la persona tenedora de la licencia deber� radicar en el cuartel general de la polic�a una certificaci�n expedida por un oficial autorizado de un club de tiro autorizado en Puerto Rico, a los efectos de que ha aprobado un curso en el uso y manejo correcto y seguro de armas de fuego so pena de multa o revocaci�n de la licencia. Adem�s, anualmente el tenedor de la licencia con permiso de portaci�n deber� someter una nueva certificaci�n. Tambi�n se est� expuesto a multas administrativas si el tenedor de la licencia falla en informar un cambio en su direcci�n residencial o postal dentro de 30 d�as de realizarse el cambio.
Con la vigencia de esta ley se considerar� un delito menos grave sancionado con multa no mayor de $500 el no notificar al superintendente el fallecimiento de una persona autorizada a tener armas. El albacea, agente o persona autorizada para administrar los bienes del fallecido tiene 30 d�as contados a partir de la fecha del fallecimiento, para notificar el nombre, residencia y circunstancias personales del fallecido.
Por otro lado, la ley proh�be ofrecer, vender, poseer y traspasar o importar armas de asalto semi-autom�ticas. No obstante, esta prohibici�n no ser�de aplicaci�n a la posesi�n, uso, transferencia, en Puerto Rico, o importaci�n desde territorio de los Estados Unidos, por persona cuya licencia contenga la categor�a de tiro al blanco, de caza o posea licencia de armero, de aquellas armas de asalto legalmente existentes en la naci�n de los Estados Unidos de Norteam�rica, a la fecha de entrar en vigor esta ley.
Entre las armas de asalto que se refiere la ley se encuentran, entre otras los modelos AK, AR15 y UZI. Adem�s, la ley enumera ciertas caracter�sticas que har�an que un arma semi-autom�tica sea considerada un arma de asalto.
La ley dispone penas severas que oscilan desde los 5 a�os a los 24 a�os por violaciones; tales como la posesi�n de armas sin licencia, posesi�n o ventas de accesorios para silenciar, remoci�n o mutilaci�n de n�meros de serie o nombre del due�o del arma, etc. Es importante aclarar que la Ley contiene disposiciones que establecen presunci�n de posesi�n ilegal de armas de fuego, particularmente cuando se encuentra en un veh�culo que lo ocupan varias personas. En dicho caso, se puede imputar el delito a todos los ocupantes, lo que pone en la posici�n a las personas inocentes acusadas de tener que crear duda razonable sobre si estaban en posesi�n o control del arma para poder ser declaradas no culpables.
En el a�o 2007, el Tribunal Supremo Federal resolvi� el caso District of Columbia ET AL. v. Heller en donde interpret� el alcance de la Segunda Enmienda de la Constituci�n Federal que permite el derecho a tener armas. Dicha interpretaci�n aclar�el alcance de dicho derecho y pone en entredicho las disposiciones de la Ley de Armas de Puerto Rico en la medida que restringen el derecho de los puertorrique�os a poseer un arma en su casa para su defensa. Todav�a no ha ocurrido una decisi�n judicial sobre este aspecto que determine si la Ley de Armas de Puerto Rico es constitucional, pero se anticipaba que se tome una determinaci�n en los pr�ximos a�os.
La Ley de armas es muy t�cnica y compleja y acarrea muchos riesgos para las personas que tengan acceso a armas. De tener alguna duda, debe recurrir al abogado o abogada de su preferencia para que le oriente sobre los pasos a seguir.
Rolando Emmanuelli Jim�nez es abogado notario, Presidente del Bufete Emmanuelli, C.S.P. Para mayor informaci�n vea: http://www.bufete-emmanuelli.com
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Publican libro:
Abec� del Derecho Puertorrique�o
Lo que necesita saber sobre las leyes principales de Puerto Rico
Ponce - La firma de abogados y notarios de Ponce, Bufete Emmanuelli, C.S.P. y su editorial Del Derecho y del Rev�s public� su nuevo libro electr�nico (e-book) titulado Abec� del Derecho Puertorrique�o, un texto que aborda de forma sencilla las leyes principales de Puerto Rico. As� lo inform� el Lcdo. Rolando Emmanuelli Jim�nez, presidente de Bufete Emmanuelli y editor de la obra.
"En esta publicaci�n explicamos de forma pr�ctica las principales leyes que tienen impacto diario en la vida de los puertorrique�os. Adem�s, exponemos y analizamos los elementos fundamentales de nuestro sistema de gobierno y las posibles soluciones a los principales problemas que enfrentamos en el pa�s", explic� Emmanuelli Jim�nez.
El texto, dirigido a la persona lega, contiene 85 temas jur�dicos que tienen gran utilidad para iniciar a los estudiantes de bachillerato que aspiren a estudiar derecho. Tambi�n, provee a los estudiantes de derecho una visi�n panor�mica de las materias que enfrentar�n en sus estudios de derecho.
La obra describe el sistema de resoluci�n de disputas y la figura de los profesionales del derecho en sus diferentes funciones, as� como la relaci�n profesional y �tica con las personas a quienes sirven. Adem�s, examina las situaciones de conflicto m�s comunes que cada ciudadano podr�a involucrarse como los asuntos de familia, contratos, da�os y perjuicios, herencia, el proceso civil, penal y los tr�mites apelativos.
"El texto incluye consejos pr�cticos para enfrentar las diferentes situaciones jur�dicas y los se�alamientos cr�ticos sobre c�mo deben modificarse las leyes para lograr soluciones m�s justas, r�pidas y econ�micas. En este trabajo ofrecemos a los ciudadanos herramientas para que puedan enfrentar las complejidades de la sociedad moderna y evitar el conflicto innecesario.", revel� Emmanuelli Jim�nez.
El libro puede obtenerse en el portal de Amazon.com, edici�n para Kindle y en la tienda de Ibooks de Apple, edici�n para Ipad.
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Publican Libro sobre reestructuraci�n de negocios para enfrentar la crisis
La obra es una gu�a b�sica jur�dica para los oficiales y gerentes de empresas

Ponce - Reestructuraci�n de los Negocios para Enfrentar la Crisis es el t�tulo del nuevo libro electr�nico (e-book) publicado por la firma de abogados y notarios de Ponce, Bufete Emmanuelli, C.S.P. y su editorial Del Derecho y del Rev�s, que expone de forma clara las medidas generales y espec�ficas que pueden tomar las empresa para lidiar con la crisis econ�mica. As� lo inform� el licenciado Rolando Emmanuelli Jim�nez, presidente de Bufete Emmanuelli.
"El texto es una gu�a b�sica jur�dica para oficiales y gerentes de empresas que presenta recomendaciones generales para actuar en la reestructuraci�n de los negocios o para entender los procesos que se tengan que llevar a cabo con el auxilio de otros profesionales o expertos", explic�Emmanuelli-Jim�nez.
La obra, de la autor�a del Lcdo. Rolando Emmanuelli Jim�nez y de la CPA y abogada Yasm�n Col�n Col�n, discute adem�s las posibilidades de reorganizaci�n sin quiebra y enfatiza particularmente el proceso de quiebra bajo el Cap�tulo 11 del C�digo de Quiebras Federal. La publicaci�n es la primera de una serie dirigida a abogados y personas legas que lleva el nombre de Compendios de Derecho Puertorrique�o.
El texto est� redactado en lenguaje sencillo para su cabal comprensi�n tanto por individuos que manejen negocios personales, como por ejecutivos y directores de empresas medianas y grandes. El libro puede obtenerse en el portal de Amazon.com, edici�n para Kindle y en la tienda de Ibooks de Apple, edici�n para Ipad.
El libro puede obtenerse en estos enlaces:
Amazon.com
Ibooks Store
Bufete Emmanuelli, C.S.P. es un estudio de abogados y notar�a que ofrece servicios de asesoramiento multidisciplinario para la reorganizaci�n de las operaciones de empresas o negocios personales que cualifiquen, negociando con sus acreedores o mediante la quiebra bajo el Cap�tulo 11 de la Ley Federal.
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Otras publicaciones del Lcdo. Rolando Emmanuelli Jim�nez, J.D. LL.M.
Desde su origen, el Prontuario se ha utilizado como libro de texto en las facultades de derecho y en las universidades que ofrecen cursos pre-jur�dicos y de ciencias forenses. Adem�s, ha sido citado como autoridad en numerosas ocasiones en las Sentencias y Opiniones de los Tribunales de Primera Instancia, el Tribunal de Apelaciones y el Tribunal Supremo de Puerto Rico. En esta tercera edici�n del Prontuario el prop�sito contin�a inalterado para contar con una fuente �gil de estudio y consulta para los estudiantes y los profesionales del derecho, pero ahora dentro del contexto y como apoyo inmediato a la transici�n hacia las Nuevas Reglas de Derecho Probatorio que entraron en vigor el 1 de enero de 2010.
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Compendio de Derecho Probatorio Puertorrique�o
Basada en su obra Prontuario de Derecho Probatorio Puertorrique�a, esta edici�n contiene una explicaci�n suscinta y menos t�cnica de las reglas evidenciarias de Puerto Rico.
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Bufete Emmanuelli, C.S.P.
Asesoramiento, Litigaci�n, Quiebras y Seguro Social Federal
La crisis econ�mica aguda que sufrimos en Puerto Rico desde el a�o 2005, ha ocasionado estragos en los cimientos de nuestro desarrollo econ�mico. Estas dificultades afectan las finanzas de la gran mayor�a de los empresarios puertorrique�os. Por tanto, existe la necesidad apremiante de servicios especializados para asesorar y litigar de manera efectiva y econ�mica, establecer nuevos negocios, reestructurar los existentes y crear nuevas relaciones de comercio internacional que transfieran dinero nuevo a nuestra econom�a.
El Bufete Emmanuelli, C.S.P. es un estudio de abogados y notar�a fundado hace 48 a�os que se dedica al asesoramiento y litigaci�n en las �reas de quiebras individuales y comerciales, desarrollo empresarial local e internacional, marcas y nombres comerciales, redes sociales e inform�tica, monopolios, derecho civil, comercial, de construcci�n, laboral, corporativo, da�os y perjuicios, contratos, salud e incapacidad bajo el Seguro Social Federal.
El Bufete Emmanuelli, C.S.P. ofrece soluciones integrales de llave de apertura (turnkey) desde una consulta inicial libre de costo, confidencial y sin compromiso, hasta la entrega del producto o servicio de manera costo efectiva a satisfacci�n del cliente. La estrategia de servicio del Bufete Emmanuelli, C.S.P. es integral, pues cuenta con recursos de excelencia para la planificaci�n y ejecuci�n en la creaci�n, reorganizaci�n o disoluci�n de intereses de negocios, financieros, de propiedad intelectual o personales, hasta las medidas necesarias para protegerse, prevenir problemas o hacer reclamos administrativos o judiciales. El Bufete Emmanuelli, C.S.P. se visualiza como un instrumento para apoyar el desarrollo socioecon�mico de Puerto Rico.
El Bufete Emmanuelli se fund� en el a�o 1966 por el Lcdo. Rolando Emmanuelli Sep�lveda. Desde diciembre de 2012, bajo la direcci�n de su hijo el Lcdo. Rolando Emmanuelli Jim�nez quien cuenta con 27 a�os de experiencia como abogado, integr� sus operaciones en las instalaciones del edificio del pasado Bufete Amado Pereira en Ponce, Puerto Rico. El Bufete Pereira fue adquirido en marzo de 2011 para integrar las pr�cticas existentes de desarrollo de negocios locales e internacionales junto al asesoramiento y litigaci�n, con las �reas de las quiebras de consumidores y reorganizaciones empresariales. De esta forma, se cuenta con soluciones integrales para establecer nuevos negocios, implantar pol�ticas de crecimiento y desarrollo, resoluci�n de conflictos, reorganizaci�n o liquidaci�n de empresas o negocios personales, ya sea sin quiebra, o bajo las disposiciones de los Cap�tulos 7, 11 o 13 del C�digo de Quiebras Federal.
Contamos con los m�s avanzados sistemas de inform�tica en la industria, incluyendo tecnolog�a sin papel y Web 2.0, para mayor rapidez y eficiencia, en armon�a con nuestro ambiente. Nuestro equipo de profesionales sigue una agenda de trabajo estructurada con protocolos y controles de calidad validados para una ejecuci�n �tica, r�pida y confiable de sus tareas. Tienen el conocimiento, destrezas y experiencia para brindar un servicio de excelencia de forma �gil y efectiva al menor costo posible.
En el Bufete Emmanuelli, C.S.P. entendemos que la mayor�a de los conflictos pueden evitarse mediante la planificaci�n y asesoramiento jur�dico oportuno y apropiado. Este asesoramiento hace menos probable el conflicto y resulta en una inversi�n que reduce costos.Como alternativas para la soluci�n de disputas, antes de recurrir al foro judicial, se ofrecen la negociaci�n, la mediaci�n o el arbitraje. Esto resulta en una imagen de buena fe ante el tribunal o foro al que se tenga que recurrir y en ahorros sustanciales en los costos de los servicios.
A pesar de que se prefieren los m�todos alternativos de resoluci�n de disputas, en ocasiones es imposible impedir un litigio judicial. Los protocolos de trabajo del Bufete Emmanuelli, C.S.P. estipulan una etapa de preparaci�n y recopilaci�n de informaci�n previa a la presentaci�n del litigio. Esto, con el prop�sito de tener una evaluaci�n certera de los m�ritos del asunto, para poder hacer una presentaci�n del caso mucho m�s clara y convincente, lo que reduce costos, y evita sorpresas en cuanto a los m�ritos del litigio.
El Coordinador del Departamento de Litigaci�n es el Presidente del Bufete, Lcdo. Rolando Emmanuelli Jim�nez, qui�n es autor de textos acad�micos y profesionales sobre el Derecho Probatorio y la litigaci�n. Su experiencia y conocimiento en los asuntos del juicio apoyan en todo momento al equipo de abogados y abogadas litigantes.
Nuestras instalaciones cuentan con una excelente localizaci�n, estacionamiento y con todos los recursos para ofrecer un servicio de excelencia. Para informaci�n adicional puede consultar la p�gina: www.bufete-emmanuelli.com o escribir a rolando@bufete-emmanuelli.com
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Programa de Radio Conocimiento y Acci�n Solidaria
Anfitri�n Lcdo. Rolando Emmanuelli Jim�nez
Todos los s�bados a las 7 de la ma�ana, y los domingos a las 4 de la tarde por WPAB 550 en el cuadrante de su radio en Puerto Rico.
Mediante an�lisis y entrevistas a personalidades y expertos en los temas, impulsaremos proyectos alternativos socio-econ�micos que fomenten el crecimiento y bienestar del pa�s.
Esto lo lograremos mediante la identificaci�n y asesoramiento de la inversi�n interna, externa, p�blica y privada, desde la perspectiva de la solidaridad, que pueda responder a las necesidades sociales de
Puerto Rico.
Por WPAB 550 en el cuadrante de su radio.
Tambi�n puede ver la edici�n en video del programa en la siguiente direcci�n: www.youtube/remmanuelli
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 El Bufete Emmanuelli, C.S.P.
Provee servicios de asesoramiento multidisciplinario para la reorganizaci�n de las operaciones de empresas negociando con sus acreedores o mediante la quiebra bajo el Cap�tulo 11
Estimados clientes y amigos(as):
En el Bufete Emmanuelli, C.S.P., le ayudamos a reestructurar su empresa hacia el �xito negociando con sus acreedores o mediante la Quiebra bajo el Cap�tulo 11
Mediante la Reorganizaci�n de su Negocio bajo el Cap�tulo 11 de la Ley de Quiebras Federal usted puede:
--------------------------- Recobrar la Viabilidad del Negocio
Controlar los Costos
Eliminar Deudas
Maximizar los Ingresos
Liberarse de Contratos Onerosos
Llevar a cabo Reorganizaciones Laborales
Eliminar las Llamadas de Cobro
Paralizar las Demandas, Embargos y Ejecuciones judiciales*
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Consulta Inicial Gratis Confidencialidad
Puede escribir a:
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Cordialmente,
Rolando Emmanuelli Jim�nez Presidente USDC-PR No. 214105 RUA 8509
Bufete Emmanuelli, C.S.P. Urbanizaci�n Constancia Calle San Francisco 2803 Ponce, Puerto Rico
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Agencia de Alivio de Deudas bajo el C�digo de Quiebras Federal
*Sujeto al cumplimiento de requisitos de Ley y conforme a las circunstancias particulares de su caso.
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Rolando Emmanuelli Jim�nez, J.D., LL.M. Bufete Emmanuelli, C.S.P. www.bufete-emmanuelli.com Urb. Constancia Calle San Francisco 2803 Ponce, Puerto Rico 00732-0779 787-848-0666 787-841- 1435 Fax
La informaci�n de este bolet�n se ofrece con fines informativos por lo que no debe considerarse como una consulta jur�dica ni puede sustituir el asesoramiento del abogado o abogada de su preferencia.
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