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La Ley de Controversias y Estados Provisionales de Derecho
Rolando Emmanuelli Jim�nez, JD. LL.M
La Ley 140 de 23 de julio de 1974, conocida como la Ley de Controversias y Estados Provisionales de Derecho estableci� un procedimiento sencillo para que las personas puedan resolver ciertas controversias sin necesidad de recurrir a procedimientos complicados ni de tener que hacerlo mediante abogado. Cualquier persona mayor de edad puede iniciar una querella con solo acudir ante un Juez o Jueza Municipal. Este mecanismo es uno importante para el acceso inmediato a la justicia, pero est� limitado a ciertos tipos de controversias.
La Ley enumera una serie de controversias que los Jueces o Juezas Municipales pueden atender:
1. Controversias sobre colindancias y derecho de paso y controversias entre vecinos que afecten la convivencia y el orden social.
2. Solicitudes de custodia de menores.
3. Medidas provisionales en casos de separaci�n de c�nyuges v�lidamente casados o de personas que vivan en concubinato respecto a la posesi�n y uso de la vivienda com�n de los objetos que haya en aqu�lla.
4. Controversias entre arrendadores y arrendatarios respecto a mejoras urgentes en propiedades destinadas a fines residenciales.
5. Controversias entre el due�o de obra y contratista, maestro o persona encargada, respecto a las condiciones, desarrollo y compensaci�n de una obra cuyo valor no exceda de tres mil d�lares.
6. Controversias entre el propietario de un veh�culo de motor con el mec�nico, el hojalatero y el pintor respecto a la retenci�n del veh�culo, las condiciones del trabajo y la compensaci�n por �ste.
7. Controversias en cuanto a la garant�a y reparaci�n de objetos muebles siempre que la suma implicada no exceda de tres mil d�lares.
8. Reclamaciones sal�riales de un obrero contra su patrono que no excedan de tres mil d�lares o que surjan de actuaciones u omisiones del patrono en violaci�n a la legislaci�n laboral y exijan remedios reparativos de car�cter no monetario, tales como el cumplimiento estricto de determinada obligaci�n o la cesaci�n de determinada pr�ctica.
9. Controversias en casos de crianza de animales en distritos residenciales.
10. Controversias en las cuales se alegue la existencia de perturbaciones que fueren perjudiciales a la salud o a los sentidos, o que interrumpan el libre uso de la propiedad, de modo que impidan el c�modo goce de la vida o de los bienes.
11. Controversias en las cuales se alegue que el padre, madre o tutor de un menor o incapacitado no cumple con el deber de velar por el bienestar del menor o del incapacitado o por su comportamiento en la comunidad.
12. Controversias sobre la custodia de los bienes muebles del caudal hereditario.
13. Controversias en las cuales se alegue maltrato f�sico o emocional de personas contra sus padres, tutores, encargados o con quienes residan o de los cuales dependan. En estos casos el tribunal podr� ordenar medidas provisionales para proteger a los padres, tutores o encargados o con quienes residan o de los cuales dependan de la persona maltratante. Sin embargo y acorde a lo establecido por la Ley de la Judicatura de 1994, [4 LPRA secs. 22 a 23n], cuando en los procedimientos se involucre a un menor de edad, ser� el Tribunal de Primera Instancia el tribunal con competencia para atender el asunto quien, adem�s, nombrara un defensor judicial que supla la capacidad jur�dica del menor.
14. Controversias entre profesionales de la salud u hospitales con sus pacientes, o entre parte, con inter�s leg�timo, respecto a la entrega de expedientes o r�cords del paciente.
Para iniciar el procedimiento cualquier persona mayor de edad comparece ante un juez o una jueza y expone bajo juramento, en forma oral o escrita, una querella sobre alguno de los asuntos se�alados. El juez o la jueza analizar� lo expuesto por la persona y si determina que existe una controversia, ordenar� que se cite a las partes involucradas.
El d�a de la vista, el juez o la jueza escuchar� a las partes y a sus testigos, quienes declarar�n bajo juramento. No es necesario que las partes acudan con abogado o abogada. El Tribunal tratar� que las partes lleguen a un acuerdo y dictar� una resoluci�n que contenga el acuerdo, o lo que el Tribunal decida si no se puede llegar a un acuerdo.
La resoluci�n es obligatoria para las partes por el tiempo que el Tribunal determine o hasta que cualquiera de las partes acuda a un Tribunal de mayor jerarqu�a para que �ste resuelva definitivamente la controversia. Un estado provisional de derecho es obligatorio para las partes. Si una parte incumple alguno de los t�rminos fijados en la resoluci�n del Tribunal, puede estar sujeta a desacato civil, o una pena de c�rcel m�xima de 6 (seis) meses, una multa de $500.00, o a ambas penas a discreci�n del Tribunal.
Si tiene duda sobre estos asuntos no dude en comunicarse con las oficinas del Bufete Emmanuelli, C.S.P. al 787-848-0666. www.bufete-emmanuelli.com
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Calle San Francisco 2803
Ponce, Puerto Rico 00732-0779
787-848-0666
787-841- 1435 Fax
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Seminario
Reestructuraci�n de los Negocios con o sin Quiebra
18 de marzo de 2015 a la 1 PM en la Bolera Caribe en el Coto Laurel en Ponce
Para separar su espacio llame a la C�mara de Comercio del Sur de Puerto Rico al 787-844-4400 o escriba a camarasur@camarasur.org
Recursos:
Rolando Emmanuelli Jim�nez, JD, LL.M.
Yasm�n Col�n Col�n, CPA, MBA, JD
Autores del Libro:
Reestructuraci�n de los Negocios Para Enfrentar la Crisis
Gu�a B�sica Jur�dica para los Oficiales y Gerentes de la Empresa*
En el seminario se expone de forma clara las medidas generales y espec�ficas que pueden tomar las empresa para lidiar con la crisis econ�mica. Se presentan recomendaciones para actuar en la reestructuraci�n de los negocios o para entender los procesos que se tengan que llevar a cabo con el auxilio de otros profesionales o expertos.
Se discute adem�s, las posibilidades de reorganizaci�n con quiebra y el proceso de quiebra bajo los Cap�tulos 7 y 11 del C�digo de Quiebras Federal.
Entre los temas que se discutir�n est�n:
- Identificaci�n de la etapa de la crisis en que se encuentra la empresa.
- An�lisis y medidas principales de reestructuraci�n sin afectar el personal.
- Medidas agresivas para salvar la empresa.
- La reorganizaci�n y el personal de la empresa.
- Liquidaci�n o reorganizaci�n con quiebra: diferencias, ventajas y desventajas.
- Preparaci�n de la empresa para enfrentar un proceso de quiebra.
- Requisitos de un proceso de quiebra de negocios.
- Los protagonistas del proceso de quiebras: deudor, acreedor, s�ndico, juez, otros profesionales, etc.
- El proceso de quiebra bajo el Cap�tulo 11 de la Ley Federal.
- El proceso de quiebra bajo el Cap�tulo 7 de la Ley Federal.
- La quiebra de los peque�os negocios.
- Relaci�n entre la quiebra de negocios y la personal.
*El libro puede obtenerse en el portal de Amazon.com, edici�n para Kindle y en la tienda de Ibooks de Apple, edici�n para Ipad.
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Bufete Emmanuelli, C.S.P.
Asesoramiento, Litigaci�n, Quiebras y Seguro Social Federal
La crisis econ�mica aguda que sufrimos en Puerto Rico desde el a�o 2005, ha ocasionado estragos en los cimientos de nuestro desarrollo econ�mico. Estas dificultades afectan las finanzas de la gran mayor�a de los empresarios puertorrique�os. Por tanto, existe la necesidad apremiante de servicios especializados para asesorar y litigar de manera efectiva y econ�mica, establecer nuevos negocios, reestructurar los existentes y crear nuevas relaciones de comercio internacional que transfieran dinero nuevo a nuestra econom�a.
El Bufete Emmanuelli, C.S.P. es un estudio de abogados y notar�a fundado hace 48 a�os que se dedica al asesoramiento y litigaci�n en las �reas de quiebras individuales y comerciales, desarrollo empresarial local e internacional, marcas y nombres comerciales, redes sociales e inform�tica, monopolios, derecho civil, comercial, de construcci�n, laboral, corporativo, da�os y perjuicios, contratos, salud e incapacidad bajo el Seguro Social Federal.
El Bufete Emmanuelli, C.S.P. ofrece soluciones integrales de llave de apertura (turnkey) desde una consulta inicial libre de costo, confidencial y sin compromiso, hasta la entrega del producto o servicio de manera costo efectiva a satisfacci�n del cliente. La estrategia de servicio del Bufete Emmanuelli, C.S.P. es integral, pues cuenta con recursos de excelencia para la planificaci�n y ejecuci�n en la creaci�n, reorganizaci�n o disoluci�n de intereses de negocios, financieros, de propiedad intelectual o personales, hasta las medidas necesarias para protegerse, prevenir problemas o hacer reclamos administrativos o judiciales. El Bufete Emmanuelli, C.S.P. se visualiza como un instrumento para apoyar el desarrollo socioecon�mico de Puerto Rico.
El Bufete Emmanuelli se fund� en el a�o 1966 por el Lcdo. Rolando Emmanuelli Sep�lveda. Desde diciembre de 2012, bajo la direcci�n de su hijo el Lcdo. Rolando Emmanuelli Jim�nez quien cuenta con 27 a�os de experiencia como abogado, integr� sus operaciones en las instalaciones del edificio del pasado Bufete Amado Pereira en Ponce, Puerto Rico. El Bufete Pereira fue adquirido en marzo de 2011 para integrar las pr�cticas existentes de desarrollo de negocios locales e internacionales junto al asesoramiento y litigaci�n, con las �reas de las quiebras de consumidores y reorganizaciones empresariales. De esta forma, se cuenta con soluciones integrales para establecer nuevos negocios, implantar pol�ticas de crecimiento y desarrollo, resoluci�n de conflictos, reorganizaci�n o liquidaci�n de empresas o negocios personales, ya sea sin quiebra, o bajo las disposiciones de los Cap�tulos 7, 11 o 13 del C�digo de Quiebras Federal.
Contamos con los m�s avanzados sistemas de inform�tica en la industria, incluyendo tecnolog�a sin papel y Web 2.0, para mayor rapidez y eficiencia, en armon�a con nuestro ambiente. Nuestro equipo de profesionales sigue una agenda de trabajo estructurada con protocolos y controles de calidad validados para una ejecuci�n �tica, r�pida y confiable de sus tareas. Tienen el conocimiento, destrezas y experiencia para brindar un servicio de excelencia de forma �gil y efectiva al menor costo posible.
En el Bufete Emmanuelli, C.S.P. entendemos que la mayor�a de los conflictos pueden evitarse mediante la planificaci�n y asesoramiento jur�dico oportuno y apropiado. Este asesoramiento hace menos probable el conflicto y resulta en una inversi�n que reduce costos.Como alternativas para la soluci�n de disputas, antes de recurrir al foro judicial, se ofrecen la negociaci�n, la mediaci�n o el arbitraje. Esto resulta en una imagen de buena fe ante el tribunal o foro al que se tenga que recurrir y en ahorros sustanciales en los costos de los servicios.
A pesar de que se prefieren los m�todos alternativos de resoluci�n de disputas, en ocasiones es imposible impedir un litigio judicial. Los protocolos de trabajo del Bufete Emmanuelli, C.S.P. estipulan una etapa de preparaci�n y recopilaci�n de informaci�n previa a la presentaci�n del litigio. Esto, con el prop�sito de tener una evaluaci�n certera de los m�ritos del asunto, para poder hacer una presentaci�n del caso mucho m�s clara y convincente, lo que reduce costos, y evita sorpresas en cuanto a los m�ritos del litigio.
El Coordinador del Departamento de Litigaci�n es el Presidente del Bufete, Lcdo. Rolando Emmanuelli Jim�nez, qui�n es autor de textos acad�micos y profesionales sobre el Derecho Probatorio y la litigaci�n. Su experiencia y conocimiento en los asuntos del juicio apoyan en todo momento al equipo de abogados y abogadas litigantes.
Nuestras instalaciones cuentan con una excelente localizaci�n, estacionamiento y con todos los recursos para ofrecer un servicio de excelencia. Para informaci�n adicional puede consultar la p�gina: www.bufete-emmanuelli.com o escribir a rolando@bufete-emmanuelli.com
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 El Bufete Emmanuelli, C.S.P.
Provee servicios de asesoramiento multidisciplinario para la reorganizaci�n de las operaciones de empresas negociando con sus acreedores o mediante la quiebra bajo el Cap�tulo 11
Estimados clientes y amigos(as):
En el Bufete Emmanuelli, C.S.P., le ayudamos a reestructurar su empresa hacia el �xito negociando con sus acreedores o mediante la Quiebra bajo el Cap�tulo 11
Mediante la Reorganizaci�n de su Negocio bajo el Cap�tulo 11 de la Ley de Quiebras Federal usted puede:
--------------------------- Recobrar la Viabilidad del Negocio
Controlar los Costos
Eliminar Deudas
Maximizar los Ingresos
Liberarse de Contratos Onerosos
Llevar a cabo Reorganizaciones Laborales
Eliminar las Llamadas de Cobro
Paralizar las Demandas, Embargos y Ejecuciones judiciales*
---------------------------
Para una cita en nuestras oficinas llame al 787-848-0666
Consulta Inicial Gratis Confidencialidad
Puede escribir a:
cap11@bufete-emmanuelli.com
Para m�s informaci�n visite las p�ginas:
www.bufete-emmanuelli.com
quiebracapitulo11.blogspot.com
Cordialmente,
Rolando Emmanuelli Jim�nez Presidente USDC-PR No. 214105 RUA 8509
Bufete Emmanuelli, C.S.P. Urbanizaci�n Constancia Calle San Francisco 2803 Ponce, Puerto Rico
787-848-0666; 787-841-1435, Fax
Agencia de Alivio de Deudas bajo el C�digo de Quiebras Federal
*Sujeto al cumplimiento de requisitos de Ley y conforme a las circunstancias particulares de su caso.
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Publican Libro sobre reestructuraci�n de negocios para enfrentar la crisis
La obra es una gu�a b�sica jur�dica para los oficiales y gerentes de empresas

Comunicado de Prensa Contacto: Sandra Caro Torrado, MA, Lic R145 sandra@sandracaropr.com Tel�fono: (787) 849-4700 / (787) 479-1062
Ponce - Reestructuraci�n de los Negocios para Enfrentar la Crisis es el t�tulo del nuevo libro electr�nico (e-book) publicado por la firma de abogados y notarios de Ponce, Bufete Emmanuelli, C.S.P. y su editorial Del Derecho y del Rev�s, que expone de forma clara las medidas generales y espec�ficas que pueden tomar las empresa para lidiar con la crisis econ�mica. As�lo inform�el licenciado Rolando Emmanuelli Jim�nez, presidente de Bufete Emmanuelli.
"El texto es una gu�a b�sica jur�dica para oficiales y gerentes de empresas que presenta recomendaciones generales para actuar en la reestructuraci�n de los negocios o para entender los procesos que se tengan que llevar a cabo con el auxilio de otros profesionales o expertos", explic�Emmanuelli-Jim�nez.
La obra, de la autor�a del Lcdo. Rolando Emmanuelli Jim�nez y de la CPA y abogada Yasm�n Col�n Col�n, discute adem�s las posibilidades de reorganizaci�n sin quiebra y enfatiza particularmente el proceso de quiebra bajo el Cap�tulo 11 del C�digo de Quiebras Federal. La publicaci�n es la primera de una serie dirigida a abogados y personas legas que lleva el nombre de Compendios de Derecho Puertorrique�o.
El texto est�redactado en lenguaje sencillo para su cabal comprensi�n tanto por individuos que manejen negocios personales, como por ejecutivos y directores de empresas medianas y grandes. El libro puede obtenerse en el portal de Amazon.com, edici�n para Kindle y en la tienda de Ibooks de Apple, edici�n para Ipad.
El libro puede obtenerse en estos enlaces:
Amazon.com
Ibooks Store
Bufete Emmanuelli, C.S.P. es un estudio de abogados y notar�a que ofrece servicios de asesoramiento multidisciplinario para la reorganizaci�n de las operaciones de empresas o negocios personales que cualifiquen, negociando con sus acreedores o mediante la quiebra bajo el Cap�tulo 11 de la Ley Federal.
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Programa de Radio Conocimiento y Acci�n Solidaria
Anfitri�n Lcdo. Rolando Emmanuelli Jim�nez
Con el economista Luis Rey Qui�ones Soto
Todos los s�bados a las 7 de la ma�ana, y los domingos a las 7 de la noche por WPAB 550 en el cuadrante de su radio en Puerto Rico.
Mediante an�lisis y entrevistas a personalidades y expertos en los temas, impulsaremos proyectos alternativos socio-econ�micos que fomenten el crecimiento y bienestar del pa�s.
Esto lo lograremos mediante la identificaci�n y asesoramiento de la inversi�n interna, externa, p�blica y privada, desde la perspectiva de la solidaridad, que pueda responder a las necesidades sociales de
Puerto Rico.
Por WPAB 550 en el cuadrante de su radio.
Tambi�n puede ver la edici�n en video del programa en la siguiente direcci�n: www.youtube/remmanuelli
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Publicaciones del Lcdo. Rolando Emmanuelli Jim�nez, J.D. LL.M.
Desde su origen, el Prontuario se ha utilizado como libro de texto en las facultades de derecho y en las universidades que ofrecen cursos pre-jur�dicos y de ciencias forenses. Adem�s, ha sido citado como autoridad en numerosas ocasiones en las Sentencias y Opiniones de los Tribunales de Primera Instancia, el Tribunal de Apelaciones y el Tribunal Supremo de Puerto Rico. En esta tercera edici�n del Prontuario el prop�sito contin�a inalterado para contar con una fuente �gil de estudio y consulta para los estudiantes y los profesionales del derecho, pero ahora dentro del contexto y como apoyo inmediato a la transici�n hacia las Nuevas Reglas de Derecho Probatorio que entraron en vigor el 1 de enero de 2010.
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Compendio de Derecho Probatorio Puertorrique�o
Basada en su obra Prontuario de Derecho Probatorio Puertorrique�a, esta edici�n contiene una explicaci�n suscinta y menos t�cnica de las reglas evidenciarias de Puerto Rico.
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Rolando Emmanuelli Jim�nez, J.D., LL.M. Bufete Emmanuelli, C.S.P. www.bufete-emmanuelli.com Urb. Constancia Calle San Francisco 2803 Ponce, Puerto Rico 00732-0779 787-848-0666 787-841- 1435 Fax
La informaci�n de este bolet�n se ofrece con fines informativos por lo que no debe considerarse como una consulta jur�dica ni puede sustituir el asesoramiento del abogado o abogada de su preferencia.
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