PASC E-News 
PASC E-News, Edicion: # 24 topspNoviembre 2009
 
Corte Federal Detiene los Recortes al IHSS
gavelEl lunes, 19 de Ocubre, una Corte Federal emitió una orden para detener los recortes al Programa de IHSS. Con esto se detienen los cambios que se describen a continuación.
 
Modificación de los Requisitos de Elegibilidad - Cuando se evalúa a los solicitantes para recibir los servicios de IHSS, se les asigna un puntaje de su indice de funcionalidad, que es una medida promedio de su relativa dependencia de la ayuda humana para realizar las tareas básicas del programa. Los puntajes abarcan del 1 al 6, donde 1 representa la limitación funcional menor y 6 representa la mayor. Del no haberse emitido la orden para frenar los recortes, a partir del 1 de Noviembre, los consumidores que tienen un puntaje de índice de funcionalidad igual a 2 o menor ya no serían elegibles para recibir los servicios del programa IHSS. Se desconoce la cantidad exacta de consumidores que perderían la elegibilidad para los servicios, pero se estima que sería alrededor del 10% de la población de IHSS. Al presente, los consumidores que reciben servicios paramédicos o supervisión protectora quedarían excluidos de esta modificación al programa.
 
Reducción de las Horas Destinadas a Servicios Domésticos y Afines - Cuando se evalúa a los solicitantes para recibir los servicios de IHSS, se les asigna un rango de funcionalidad (entre 1 y 5) para cada categoría de servicio, según su capacidad para realizar una tarea específica solos o con ayuda. Del no haberse emitido la orden para detener los recortes, a partir del 1 de Noviembre, los consumidores perderían horas de los servicios domésticos y relacionados (por ejemplo: limpieza, lavado de ropa, hacer las compras, etc.) en los cuales obtienen un rango de funcionalidad por debajo de 4. Se desconoce aún la cantidad exacta de consumidores que se verían afectados por una reducción en la cantidad de horas relacionadas con esta medida, pero se estima que sería alrededor del 25% de la población de IHSS. Al presente, los consumidores que reciben servicios paramédicos o supervisión protectora quedarían excluidos de esta modificación al programa.
 
La mayoría de los consumidores no conocen cuáles son sus puntajes de su índice de funcionalidad o clasificaciones del rango de funcionalidad. Los consumidores que deseen averiguar esta información deben contactarse con su trabajador social de IHSS. Lamentablemente, PASC no cuenta con esta información.
 
Si llegaran a implementarse los recortes, los consumidores que serían afectados por estas modificaciones al programa recibirían una Notificación de Acción (Notice of Action) de parte del estado, en un plazo no inferior a 10 días antes de la fecha de entrada en vigor. Los consumidores que resulten afectados por estos cambios tienen derecho a apelar sus casos si consideran que sus puntajes de índice de funcionalidad y/o clasificaciones de rango de funcionalidad no fueron determinados correctamente. Para obtener más información acerca de la presentación de las apelaciones, haga clíck aquí.

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Nuevos Procedimientos de Inscripción para los Trabajadores de IHSS
Como resultado de la legislación recientemente aprobada, se ha modificado el proceso de inscripción para los trabajadores del IHSS a partir de 1 de Noviembre. Esto podría afectar sobre su elección del trabajador que va a contratar, la rapidez con la que esa persona recibe el pago y en cuánto tiempo el trabajador puede comenzar a brindarle sus servicios. A continuación se presentan algunas de las preguntas frecuentes con respecto a los nuevos requisitos de inscripción.
 
¿Qué pasa si ya tengo un trabajador?
 
Todo trabajador que haya comenzado a trabajar para usted antes del 1 de Noviembre, y que esté debidamente identificado ante el personal del condado como su trabajador, puede continuar prestándole sus servicios sin interrupción alguna.  No obstante, él/ella debe cumplir con los siguientes requisitos antes del 30 de Junio de 2010, para poder seguir trabajando para usted:
  • Completar un nuevo Formulario de inscripción de trabajadores (Provider Enrollment Form) y presentarlo ante el condado personalmente
  • Presentar, personalmente, una tarjeta de identificación original con fotografía emitida por el gobierno (debe ser actual), junto con la tarjeta de Seguro Social. 
  • Revisar la información que se usa para orientar a los nuevos trabajadores o asistir a la orientación personalmente
  • Completar un nuevo Acuerdo para la inscripción de trabajadores (Provider Enrollment Agreement - SOC 846), por el cual reconoce que entiende y acepta las normas y los requisitos del Programa de IHSS
  • Someterse a un Estudio de Antecedentes Penales (CBI, por sus siglas en inglés) del Estado de California, conducida por el Departamento de Justicia (a su propio cargo).
¿Qué pasa si contrato un trabajador nuevo?
 
Todos los trabajadores nuevos de IHSS (es decir, aquéllos que no se encuentren trabajando actualmente para ningún consumidor) deben inscribirse ante el condado con el fin de cumplir los requisitos para recibir el pago a través del programa IHSS. Para inscribirse, los trabajadores deben:
  • Completar un nuevo Formulario de inscripción de trabajadores (Provider Enrollment Form) y presentarlo ante el condado personalmente
  • Presentar personalmente una tarjeta de identificación válida emitida por el gobierno (debe ser actual), junto con la tarjeta de Seguro Social.
  • Asistir personalmente a una reunión de orientación para nuevos trabajadores
  • Completar un nuevo Acuerdo para la inscripción de trabajadores (Provider Enrollment Agreement - SOC 846) por el cual reconocen que entienden y aceptan las normas y los requisitos de Programa de IHSS
  • Someterse a un Estudio Presentar la aprobación de la Investigación de Antecedentes Penales (CBI, por sus siglas en inglés) del Estado de California, conducida por el Departamento de Justicia (a su propio cargo).
  • Su nuevo trabajador de IHSS no podrá trabajar para usted y recibir el pago a través del programa IHSS hasta que haya completado el proceso indicado arriba. Además, usted deberá completar un Formulario de designación de destinatario de IHSS (IHSS Recipient Designation Form - SOC 426A)  para su nuevo trabajador.  
Debido a que este proceso podría llevar varias semanas, usted puede decidir si desea contratar a otro trabajador que haya cumplido con los nuevos requisitos, hasta que su trabajador preferido quede inscripto en el sistema. Para recibir ayuda en la búsqueda de otro trabajador, llame al Registro de Cuidados Domiciliarios de PASC al 877-565-4477.
 
¿Qué sucede si mi nuevo trabajador está trabajando actualmente para otro consumidor?
 
Si la persona que decide contratar se encuentra actualmente trabajando para otro consumidor de IHSS, usted sólo deberá completar un Formulario de designación de destinatario de IHSS (IHSS Recipient Designation Form - SOC 426A)  antes de que comience a trabajar para usted. Sin embargo, el trabajador deberá cumplir con los requisitos indicados en "¿Qué pasa si ya tengo un trabajador?" antes del 30 de junio de 2010.
 
¿Qué sucede si mi nuevo trabajador ya ha cumplido con los nuevos requisitos?

Si la persona que usted contrata ya ha completado los requisitos mencionados anteriormente, no es necesario realizar nuevamente el proceso de inscripción.  Usted sólo deberá completar un Formulario de designación de destinatario de IHSS (IHSS Recipient Designation Form - SOC 426A)  antes de que comience a trabajar para usted.
 
¿A dónde debe ir mi trabajador para hacer la orientación y la verificación de huellas dactilares?
 
Aún no se han determinado los sitios y los procedimientos para realizar la orientación y la verificación de huellas dactilares en el Condado de L.A. El Departamento de Servicios Sociales Públicos (DPSS, por sus siglas en inglés) está intentando definir en este momento los detalles con respecto a estos dos requisitos nuevos a la brevedad posible. Se publicará información adicional en el sitio web de PASC, en cuanto se encuentre disponible.
 
¿Cuándo se le tomarán las huellas dactilares a mi trabajador?

Deberá esperar hasta que DPSS  emita las instrucciones sobre cómo y dónde deben presentar las huellas dactilares.
 
¿Quién paga el trámite de las huellas dactilares?

Según la nueva ley estatal, el trabajador debe pagar el trámite de las huellas dactilares. 

¿Tiene preguntas sobre el PASC y el Programa de IHSS? ¿Tiene sugerencias sobre temas a cubrir en E-Noticias de PASC? Envíe sus preguntas y sugerencias a e-news@pascla.org.  E-Noticias está diseñado para que usted pueda obtener la información que necesita. 
 
Nota: Si no desea recibir las siguientes ediciones o le gustaría actualizar su perfil en nuestro sitio, por favor avance la página hasta el final de este mensaje y haga clic en "SafeUnsubscribe" (Borrar suscripción de manera segura) o "Update Profile/Email Address" (Actualizar perfil/dirección de correo electrónico). 
Recursos para el Cuidado en Casa Fuera de IHSS
Consumidor y trabajadores de IHSSA las personas que no reúnen los requisitos para ser beneficiarios de IHSS, encontrar un trabajador de cuidado en casa puede resultar un desafío abrumador y mucha gente no sabe dónde iniciar el proceso. La Oficina de Información y Referencias de PASC puede ayudarlas proporcionándoles referencias a diversos recursos, como por ejemplo agencias privadas con costos, registros que no pertenecen a IHSS y al programa MSSP.
 
(Nota: El Registro de Cuidados Domiciliarios de PASC solamente ofrece referencias a los consumidores de IHSS aprobados).
 
Agencias de Cuidados Domiciliarios Privadas con Costos
 
Existen apróximadamente 500 agencias de cuidados domiciliarios privadas con costos en todo el Condado de Los Ángeles, que están habilitadas por el Departamento de Servicios de Salud. Estas agencias generalmente asignan enfermeras y trabajadores domiciliarios particulares con una tarifa horaria.
 
Registros de Cuidados en Casa
 
Un registro de cuidados en casa difiere de una agencia privada con costos en que el registro no envía un trabajador, sino que le da a usted referencias sobre los trabajadores de cuidados domiciliarios que buscan empleo. Generalmente, usted decide a quién desea emplear y elabora un acuerdo de empleo entre usted y el trabajador.  Estos registros pueden encontrarse en los centros de la tercera edad y los centros para la vida independiente en todo el condado.
 
MSSP
 
El Programa de servicios multipropósito para la tercera edad (Multipurpose Senior Service Program - MSSP) ofrece ayuda en hogar para las personas que tienen 65 años de edad como mínimo y que son elegibles para los servicios de enfermería domiciliaria.  MSSP proporciona servicios de cuidados en casa, entrega de comidas a domicilio, transporte y supervisión para quienes reúnen los requisitos.  Existen 10 sitios de MSSP en todo el Condado de Los Ángeles.
 
Para recibir información más detallada o ayuda para ubicar alguno de los servicios mencionados anteriormente, llame a la Oficina de Información y Referencias de PASC al 877-565-4477.
 

Alimentos de Bajo Costo a Través del Programa Angel Food Ministry
Angel Food Ministry es una organización sin fines de lucro dedicada a ofrecer ayuda con alimentos y soporte financiero a las comunidades en todo el territorio de Estados Unidos. El programa comenzó en 1994 con 34 familias en Monroe, Georgia y ha crecido hasta llegar a atender a más de 500,000 familias todos los meses en 35 estados.  Una vez por mes, el programa Angel Food entrega una caja de alimentos (valuada en aproximadamente $60) por el precio de $30 cada caja. El menú varía de un mes a otro, pero generalmente incluye artículos frescos y congelados.  Una caja de alimentos puede ayudar a una familia compuesta por cuatro personas durante una semana aproximadamente o durante casi todo un mes a una persona sola.
 
La cantidad de cajas que puede recibir una persona no está limitada y no es necesario completar solicitudes, ni tampoco hay requisitos para participar.  Si desea adquirir alimentos del programa Angel Food, visite el sitio web www.angelfoodministries.com e ingrese su código postal para encontrar el lugar cerca de su zona.
 
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Capacitaciones Próximas
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Actualidades Legislativas
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AB 378 (Cook) - Capacitación para Trabajadores de IHSS: Este proyecto de ley requeriría que las autoridades públicas desarrollen e implementen estándares sobre capacitación para los trabajadores del IHSS en todo el estado.
 
AB 682 (Lowenthal) - IHSS Background Checks:
La legislación aprobada recientemente obliga a todos los trabajadores del IHSS a someterse a un estudio de antecedentes penales y especifica que dichos estudios serán pagados por el trabajador. Este proyecto de ley ofrece a las asociaciones sin fines de lucro o autoridades públicas la opción de pagar por los estudios de antecedentes penales para los trabajadores del IHSS. También exige al estado que busque participación financiera federal para cubrir los costos relacionados con la realización de los estudios de antecedentes penales.

SB 141 (Maldonado) - Hojas de Tiempo de IHSS (Planillas): Este proyecto de ley dispondría que las hojas de tiempo de IHSS, que firman el consumidor y el trabajador, contengan una declaración de certificación legal.
 
SB 142 (Maldonado) - Tareas Autorizadas por el IHSS: Este proyecto de ley exigiría que el Departamento de Servicios Sociales (DSS) desarrolle un método que asegure que un trabajador de servicios IHSS reciba una lista de tareas autorizadas antes de empezar a trabajar con un consumidor de IHSS, como también una lista completa de los servicios que pueden ser autorizados conforme al programa IHSS. 

HR 1670 (Davis - IL) - Ley de Opción en la Comunidad (Community Choice Act) de 2009: Si se aprobara esta propuesta de ley federal, se modificaría el Título XIX de la Ley de Seguridad Social con el fin de proporcionar a las personas con incapacidades y a los estadounidenses de la tercera edad la igualdad de acceso a los servicios de trabajadores de cuidados en casa, como así también para otros propósitos.
 
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